La Cámara Nacional Electoral rechazó las inmunidades de los parlamentarios del Mercosur que serán electos en los próximos comicios de este mes, al argumentar que esa atribución es un privilegio reconocido por la Constitución Nacional estrictamente a los miembros del Poder Legislativo, y que no pueden ser ampliadas por la ley.
Al hacer lugar al planteo del ex diputado nacional Gerardo Milman, el Tribunal –integrado por Santiago Corcuera, Alberto Dalla Vía y Rodolfo Munné- revocó la resolución en primera instancia dictada por la jueza electoral María Servini de Cubría, quien había rechazado una presentación contra los fueros.
El Tribunal argumentó que las “inmunidades no son garantías individuales sino inmunidades propias de la función que la Constitución –y no la ley- concedieron de manera restrictiva a los legisladores nacionales”.
“La Constitución otorga a los integrantes de dicho poder en razón del cargo que desempeñan, no siendo pasibles de una interpretación extensiva (…). Frente al análisis o interpretación de un privilegio, inmunidad o prerrogativa, la regla complementaria de interpretación que debe usarse es la restrictiva”, resolvieron.