Mientras se espera la aprobación del proyecto que el Ejecutivo remitió al Congreso para acotar las facultades que le confiere la modificación introducida por el kirchnerismo en 2006 a la Ley de Administración Financiera del Estado, un informe de la ASAP da cuenta del uso que el Gobierno continúa haciendo de los llamados «superpoderes» para reasignar partidas presupuestarias.
El 21 de octubre fue publicada en el Boletín Oficial la Decisión Administrativa Nº 1161/16 del Jefe de Gabinete de Ministros, de fecha 20 de octubre. A su vez, el 25/10 fue publicada en el Boletín Oficial la Decisión Administrativa Nº 1171/16 del Jefe de Gabinete de Ministros, de fecha 24 de octubre. Por estas medidas se modificó el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016.
La primera medida aprobó un aumento en el presupuesto vigente de la Jurisdicción 90 – SERVICIO DE LA DEUDA PÚBLICA, en $3.076 millones, para permitir canceladas las deudas y resolver todos los reclamos vinculados a las presentaciones en el CIADI de los casos «El Paso Energy International Company vs La República Argentina» y «BG Group Plc vs. La República Argentina». La cancelación se realiza en un pago único a través de «BONOS DE LA NACIÓN ARGENTINA EN DÓLARES ESTADOUNIDENSES 8,75% 2024» («BONAR 2024»).
El incremento del gasto se financia con una reducción, en $3.076 millones, de las aplicaciones financieras con destino a la amortización de deuda.
La Decisión Administrativa N° 1171/16 incrementó el presupuesto vigente del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, en $1.078 millones, a fin de atender las diferencias en el tipo de cambio de los gastos que se ejecutan en el exterior. Este incremento se compensa con una reducción de las aplicaciones financieras de la Jurisdicción 91 – OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO.
Las medidas presentes tienen un impacto negativo en el resultado financiero de la Administración Nacional de $4.154 millones.
Las medidas se dictan en virtud de las disposiciones establecidas en el Artículo 37 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156, sustituido por el Artículo 1° de la Ley N° 26.124.