Facilidades fiscales para pymes y particulares
Lo sancionó este jueves la Legislatura porteña, por iniciativa del jefe de Gobierno, Horacio Rodríguez Larreta. Habrá exenciones de impuestos para algunas actividades y planes de regularización de deudas en amplias cuotas, con quita de sanciones e intereses punitorios y levantamiento de embargos.
Este régimen de excepcionalidad propicia una «condonación de ciertos tributos de escasa significación (para el Estado local) pero difíciles de enfrentar para los contribuyentes en el contexto actual», como reconocen los considerandos del despacho enviado al recinto por la Comisión de Presupuesto, Hacienda, Administración Financiera y Política Tributaria.
La ley sancionada establece un Régimen de Regularización de Obligaciones Tributarias, con importantes beneficios para pequeños y medianos contribuyentes (PyMEs o personas humanas), «a fin de salvaguardar su capital de trabajo y coadyuvar a su reactivación económica», se fundamentó desde el oficialismo.
Paula Villalba (VJ), presidenta de la Comisión de Presupuesto, aclaró en el recinto que según la normativa de la Ciudad, se considera pymes a las empresas que tributan por impuestos locales hasta un millónde pesos anuales.
Podrán acogerse a este plan de facilidades los contribuyentes y responsables de los tributos cuya aplicación, percepción y fiscalización se encuentra a cargo de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP), por las obligaciones vencidas al 31 de julio de 2019. El plazo de acogimiento no podrá exceder el día 31 de diciembre de 2019.
Habrá condonación de intereses y sanciones, plazos de pagos de hasta 120 cuotas para pymes y personas humanas (según tipo de deuda o rubro de actividad); vencimiento de la primera cuota a los 90 días y levantamiento de embargos para quienes regularicen su situación.
También se permite la posibilidad de refinanciar planes caducos, así como incluir retenciones y percepciones y culminar con las acciones penales iniciadas, entre otros beneficios. Sobre este punto, los bloques Peronista, Unidad Ciudadana, Gen y Mejor Ciudad se opusieron por considerar impropio e injusto que se le otorguen beneficios a patronales que retuvieron indebidamente y no depositaron montos que son descontados del salario de los trabajadores.
Al respecto, explicó Villalba que el 97% de las Pymes de la Ciudad cumplieron en tiempo y forma con el depósito de aportes patronales y retenciones a los empleados y el 3% restante se supone que incumplió por problemas financieros o económicos derivado de la crisis coyuntural. Aclaró la diputada oficialista que a estos contribuyentes no se les condonarán los intereses punitorios, como ocurrirá con el resto de los beneficiarios.
Quedarán exentos gravámenes que inciden sobre el abasto, volquetes, mesas y sillas; plataformas gastronómicas; calesitas y los gravámenes sobre quioscos de venta de flores , toldos y parasoles. También se prorroga la eximición del Impuesto de Sellos a la compraventa de ciertos automóviles O Km o sin uso, hasta el día 31 de diciembre de 2019.
Los contribuyentes y/o responsables podrán acogerse al presente régimen en forma total o parcial y en esa medida operarán los beneficios consagrados en la misma. Si la deuda se encuentra en gestión judicial, el acogimiento deberá ser por el total de la deuda reclamada en cada juicio.
Quedan excluidos del beneficio de la presente Ley:
«Los declarados en estado de quiebra, respecto de los cuales no se haya dispuesto la continuidad de la explotación, conforme a lo establecido en las leyes nacionales 24.522 y 25.284;
«Los condenados por alguno de los delitos previstos en las leyes nacionales 23.771 y 24.769 y/o en el Régimen Penal Tributario, respecto de los cuales se haya dictado sentencia firme o exista acuerdo de avenimiento homologado en los términos del Artículo 266 del Código Procesal Penal de la Ciudad;
«Los condenados por delitos comunes contra la Administración Central y/u Organismos Descentralizados y/o Entidades Autárquicas».
Lo normado hoy aclara que «la adhesión al presente plan de regularización importa la suspensión de los plazos procesales en las causas judiciales iniciadas. En el caso de que se produzca la caducidad o nulidad del mismo se reanudarán los plazos procesales, tomándose lo pagado a cuenta de la liquidación final».
También prescribe que «el acogimiento al presente régimen producirá la suspensión de las acciones penales en curso y la suspensión de la prescripción penal (…), siempre y cuando la misma no tuviere sentencia firme y/o acuerdo de avenimiento homologado».
La cancelación total de la deuda en las condiciones previstas en el presente régimen de contado o mediante plan de facilidades de pago producirá la extinción de la acción penal.
El debate se abrió con la argumentación del miembro informante de la mayoría, Paula Villalba, quien volvió a hacer uso de la palabra sobre el final para responder críticas e inquietudes de los diputados. María Rosa Muiños (BP) y Sergio Abrevaya (Gen) habían presentado un proyecto sobre el m ismo tema el año pasado y protestaron porque el oficialismo no toma en cuenta las iniciativas que no sean oficiales. En términos similares expuso Marcelo Depierro (MC), quien planteó que «primero deberíamos ayudar a los que cumplen puntualmente sus compromisos tributarios».
Muiños se quejó también de que el Ejecutivo no hizo ponderaciones de montos o guarismos sobre la incidencia de estas medidas, de manera que luego presentó un proyecto de resolución para ser tratado sobre tablas, con pedido de informes a la Jefatura de Gobierno, reclamando especificaciones y números de recaudaciones tributarias. El bloque oficialista dio su apoyo para habilitar el tratamiento (que requería dos tercios) y la resolución feru aprobada a mano alzada.
Mariano Recalde (UC), jefe de la principal bancada opositora, manifestó que lo que estaba en tratamiento era «no un paquete de alivio fiscal, sino de alivio electoral», consideró que «se trata de medidas de marketiong, no de sensibilidad del gobierno de la Ciudad, que al igual que el nacional, no toma nota de la grave crisis por las políticas del macrismo». Desde los bloques de izqierda, Gabriel Solao, Laura Marrone (FIT) y Fernando Vilardo (AyL), acentuaron el discurso de confrontación contra las políticas de gobierno.
Antes de pasar a votación, el presidenmte del bloque Vamos Juntos, Agustín Forchieri, dijo que «en estos momentos, la gente espera de los dirigentes la mayor prudencia y moderación. No hay que decir cosas que generen confusión, sino transmitir tranquilidad». Pidio a los candidatos electorales «no tirar leña al fuego» y «actuar con la ética de la responsabilidad, no sólo con la ética de sus convicciones».
«Debemos ser cuidadosos con los recursos que son de los vecinos de la Ciudad; nosotros somos meros administradores», concluyó.
La ley se sancionó, en general, con 45 votos positivos de VJ, Ev, BP, Gen y MC, 2 negativos de FIT y 6 abstenciones de UC y AyL.
Homologan condonaciones de deuda
El Cuerpo Parlamentario también homologó hoy las condonaciones de deudas con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por Gravámenes Inmobiliarios, Patentes sobre Vehículos en General y por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos otorgadas por el Poder Ejecutivo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 143 del Código Fiscal (T.O. 2019) mediante una ley. El proyecto que benefició a doce vecinos con necesidades especiales fue impulsado por el Jefe de Gobierno, Horacio Rodríguez Larreta, y despachado al Pleno por la Comisión de Presupuesto, Hacienda, Administración Financiera y Política Tributaria que preside la diputada Paula Villalba (VJ).
Exhibición de animales en vidrieras
La medida regirá para locales con vidrieras o aquellos lugares que busquen incentivar la compra impulsiva o compasiva. Además, se busca preservar la salud de los animales evitando su exposición. Habrá multas que oscilan entre $ 6.000 y $ 21.000. Imágenes (1)
La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires aprobó hoy una ley que prohíbe la exhibición de animales en vidrieras, escaparates o lugares que cumplan esta función, además de exigir buenas condiciones de sanidad, alimentación e higiene. Los locales comerciales tendrán un año de plazo para adecuar sus prácticas e instalaciones a la nueva normativa.
«Queda prohibida la exhibición de animales en vidrieras, escaparates o lugares que cumplan esta función, ya fuere esta exhibición con fines de compra, venta u ofrecimiento a título gratuito, o de mera publicidad, en forma permanente o temporal y se encontraren estos sueltos, dentro de jaulas, caniles o cualquiera fuera la forma de contención. Los locales podrán exhibir sus animales en el interior, debiendo tomar los recaudos necesarios para que estos no fueren directamente visibles desde el exterior y en todos los casos asegurando buenas condiciones de sanidad, alimentación, higiene y ventilación», sostiene una de las modificaciones incorporadas al Código de Habilitaciones y Verificaciones.
El proyecto llegó al recinto a través de una iniciativa del diputado Maximiliano Ferraro (VJ), que fue analizado y despachado por las Comisiones de Justicia y de Desarrollo Económico. En los fundamentos se explica que «las vidrieras son uno de los medios más importantes con los que cuenta un comerciante para generar el deseo de compra en los productos exhibidos» y que en el caso de los animales «la compra impulsiva o compulsiva se estimula mediante su exhibición como así también la compra compasiva con la intención de «sacarlo de la jaula» debido a que les apena ver un cachorro encerrado, deseoso de jugar y moverse, necesitado de afecto y cariño».
Se agrega además que «los animales exhibidos en vidrieras sufren de mayor estrés por estar expuestos a interactuar con personas que golpean los cristales, se mueven o les hablan».
En el proyecto se aclara que existe una tendencia legislativa mundial hacia la individualización y el reconocimiento de los derechos de los animales y se hace referencia a medidas implementadas en Cataluña, Madrid, California o Gran Bretaña.
A nivel nacional también rigen medidas como las Ordenanzas N° 19.108/17 de la Ciudad de Bahía Blanca, la N° 6588/16 de la Ciudad de Godoy Cruz y la N° 12587 que prohíbe en la Ciudad de Santa Fe, la exhibición de animales en espacios de carácter privado, público, o semipúblico, en vidrieras, escaparates o lugares que cumplan esta función.
Por otra parte, una modificación al Código de Faltas sostiene que «El/la que tenga un animal cuya tenencia esté prohibida, y no cuente con autorización de la autoridad competente o venda, tenga, guarde animales en infracción a las normas zoo-sanitarias o de seguridad o exhiba animales vivos destinados a la venta es sancionado/a con multa de trescientas (300) a mil (1000) unidades fijas y/o decomiso de las cosas y/o clausura del establecimiento». El valor actual de la Unidad Fija es de 21 pesos con 40 centavos que en este caso significaría una pena económica que iría de 6.420 pesos hasta 21.400 pesos.