Aprueban ley para la Villa Olímpica y otras obras en la Comuna 8
Se sancionó la norma que permite el uso de amplios predios en la zona Sur de la Ciudad para infraestructura de los Juegos Juveniles 2018, que generará viviendas sociales y obras para los vecinos.
La ley dispone destinar unas 80 hectáreas de terrenos del barrio Villa Soldati -Comuna 8- para la Villa Olímpica de los juegos juveniles de 2018 y otras obras que quedarán como infraestructura social del barrio y espacios verdes.
La iniciativa original de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad tuvo aprobación inicial en setiembre último, luego fue sometida a Audiencia Pública, donde hubo 8 expositores y 40 oradores; posteriormente se hicieron modificaciones al proyecto y se emitieron despachos conjuntos de las comisiones de Planeamiento Urbano y de Presupuesto, con un dictamen en disidencia del diputado Adrián Camps (PS), quien se opuso a la venta de terrenos públicos.
Este jueves, en sesión ordinaria, la norma fue aprobada por 46 votos positivos y 10 en contra, del Frente para la Victoria, el Partido Socialista Auténtico y los 3 monobloques de izquierda. Apoyaron la iniciativa el PRO, la Coalición Cívica, Suma+, el Partido Socialista, el Interbloque Peronista y Confianza Pública.
Como explicó el miembro informante, Agustín Forchieri (PRO), presidente de la Comisión de Planeamiento Urbano, “el espíritu de la ley es una ciudad integrada, inclusiva y con desarrollo equilibrado”, en referencia a las obras que se harán en la Comuna 8, que abarca los barrios de Soldati, Lugano y Villa Riachuelo. También hablaron durante el debate los legisladores Adrián Camps (PSA), Claudio Palmeyro (SP), Hernán Arce (PS), Marcelo Ramal (FIT), Fernando Vilardo (AyL), Patricio del Corro (PTS), Juan Nosiglia (Suma+), Gabriel Fuks (CNM) y Maximiliano Ferraro (CC).
Esta norma desafecta del dominio público y rezonifica los terrenos donde funcionaba el Parque de la Ciudad y otros linderos para disponer su transferencia a la Corporación Buenos Aires Sur S.E. y posterior enajenación. Es el amplio polígono de unas 80 manzanas delimitado por la Autopista Cámpora o Avenida Lacarra y las avenidas Fernández de la Cruz, Escalada y Coronel Roca.
Esa zona se divide en cuatro predios: la Villa Olímpica, la Urbanización Parque de lo que hoy es el Parque de la Ciudad, el Área de Equipamiento Lacarra y los terrenos correspondientes al Hospital Cecilia Grierson. La ley sancionada desafecta terrenos de dominio público, rezonifica, dispone apertura y afectación de calles, aprueba normas urbanísticas e incorpora nuevos planos al Código de Planeamiento Urbano.
Se estableció que el 50% de los ingresos por la enajenación se utilizarán para urbanizar la Villa 20 y el resto se destinará a obras de la Comuna 8: en el arroyo Cildáñez; trabajos pluviales en el ramal Escalada; obras en el Parque Deportivo Roca; mejoras en el Hospital Grierson y en el Premetro, entre otras.
También se creará un gran espacio verde de 49 hectáreas, con instalaciones deportivas, en lo que hoy es el Parque de la Ciudad; dos manzanas se destinarán a obras educativas y también habrá ampliación de espacios y nuevas construcciones para el Hospital Grierson.
Después de usarse nuevas construcciones como Villa Olímpica, tras los juegos juveniles de 2018 se generará un nuevo barrio de 1.140 viviendas de 1, 2 y 3 ambientes y 125.000 metros cuadrados en total de viviendas con destino social, que serán administradas por el Instituto de la Vivienda de la Ciudad -IVC. Se dispuso que el 50 por ciento de esas unidades habitacionales tengan fines sociales para otorgarse con facilidades de financiación cuando el proyecto inicial proponía 25 por ciento.
Marco legal para los camiones de comidas
La Legislatura sancionó una ley que regula en el espacio público de la Ciudad de Buenos Aires, el funcionamiento de los camiones de comidas y bebidas, conocidos por su nombre en inglés»food trucks» . Deberán estar a más de 200 metros de bares y restaurantes en lugares, días y horarios que se establecerá por vía reglamentaria.
La ley aprobada determinó que será el Ministerio de Ambiente y Espacio Público el que fijará los lugares, días y horarios para el funcionamiento de estos vehículos gastronómicos, pero quedó taxativamente legislado que no podrán estar a menos de 200 metros de donde haya comercios fijos de expendio de comidas y/o bebidas, como restaurantes y bares.
Entre las prohibiciones figuran la de vender bebidas alcohólicas, la publicidad sonora o visual que contamine el medioambiente, arrojar desperdicios o efluentes a la vía pública; el uso u ocupación de una superficie que exceda a la habilitada. Se les exigirá, además, que ofrezcan productos para celíacos, para diabéticos, alimentos y bebidas bajos en sodio, frutas y verduras.
Por la norma legal se determinaron las características de estos nuevos «carritos», de sus instalaciones gastronómicas y las formas en que se otorgarán los permisos de uso precarios para la elaboración y venta al público de comidas y bebidas. Luego de varias iniciativas del diputado Francisco Quintana (PRO), de otros legisladores de su bancada y de Inés Gorbea (Suma+), se convino un texto consensuado que obtuvo despacho conjunto de las comisiones de Protección del Espacio Público, de Desarrollo Económico y de Presupuesto.
En la sesión ordinaria se aprobó por 43 votos positivos, 7 negativos del Frente para la Victoria y los monobloques de izquierda y 2 abstenciones de los diputados Adrián Camps (PSA) y Gabriel Fuks (CNM). Previamente habían hablado en el debate los coautores de la iniciativa Quintana y Gorbea, Paula Villalba (PRO), Camps, Fuks, Paula Penacca y Carlos Tomada (FpV), Alejandro García (PRO) y Maximiliano Ferraro (CC).
«Se entiende por vehículo gastronómico a todo módulo que en su interior esté adaptado para la cocción, elaboración, preparación y/o expendio de alimentos y bebidas. El mismo podrá ser un módulo con motor incorporado o acarreado por motor», define el segundo artículo de la ley.
Se aclara que la elaboración de alimentos se permitirá «siempre que cumplan con lo dispuesto en materia de habilitaciones, higiene y seguridad alimentaria, debiendo contar el permisionario con el personal que haya realizado y aprobado el curso de manipulación de alimentos».
Los camiones deberán «cumplir con las disposiciones y requisitos establecidos en la Ley N° 2148 – Código de Tránsito y Transporte de la CABA- y con las normas nacionales relativas a la inscripción de automotores armados fuera de fábrica».
Para obtener la habilitación del vehículo gastronómico y el permiso de uso se requerirá poseer capacidad suficiente para la elaboración de comidas y bebidas, ser responsable inscripto ante la Afip, poseer libreta sanitaria y estar inscripto en la categoría correspondiente de Ingresos Brutos.
Además de los fallidos y condenados por delitos, quedan excluidos los «funcionarios/as o empleados/as del Gobierno de la Ciudad, hasta un año después de haber cesado en sus funciones y/o empleos».
El personal que trabaje en estas unidades deberá poseer certificado de aprobación del curso de manipulación de alimentos expedido por la Agencia de Control Gubernamental.
La ley designa como autoridad a cargo de la habilitación general de vehículos gastronómicos a la Agencia Gubernamental de Control, a la vez que fija detalles de requisitos sobre el mobiliario, los materiales, equipamiento, sistemas de ventilación o refrigeración, equipos de cocción, dispositivos eléctricos, etc.
La Dirección General de Desarrollo Gastronómico elaborará el registro de Habilitación General de Vehículos Gastronómicos, donde se detallarán los vehículos gastronómicos habilitados por la Agencia Gubernamental de Control, notificando fehacientemente al Ministerio de Ambiente y Espacio Público de cada inclusión, eliminación o modificación que pudiera acaecer respecto de los habilitados. La habilitación general tendrá una vigencia de un año, renovable.
El permiso particular de uso precario que autoriza la elaboración y comercialización de alimentos y/o bebidas lo otorgará el Ministerio de Ambiente y Espacio Público, no pudiendo otorgarse más de 2 permisos por persona física o jurídica. Tendrá vigencia de un año, renovable y deberá pagar una tasa de 18.000 pesos anuales.
Deberán tener equipos electrógenos, cámaras de seguridad y sistemas de geoposicionamiento satelital que permita el seguimiento y control por parte de la autoridad.
Prohíben la publicidad de bebidas alcohólicas en la vía pública
La Legislatura porteña sancionó la ley que regula la publicidad de bebidas alcohólicas en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires. Las multas pueden llegar a casi un millón de pesos. El Ejecutivo deberá desarrollar acciones informativas y educativas sobre las consecuencias del consumo excesivo de alcohol.
El artículo 4° dispone: «Queda prohibida toda publicidad de bebidas alcohólicas a través de cualquier tipo de anuncio en la vía pública dentro del ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires». En tanto, el artículo 5° exceptúa «los avisos que se limiten a enunciar la marca y/o logo del producto e incluyan ocupando como mínimo en un setenta y cinco (75%) del espacio publicitario, alguno de los siguientes mensajes sanitarios, conforme las pautas que establezca la reglamentación:
«El consumo excesivo de alcohol es perjudicial para la salud»
«No bebas alcohol durante el embarazo»
«Si vas a conducir no tomes alcohol»
«El alcohol al volante mata»
«El consumo excesivo de alcohol causa cirrosis hepática»
«El consumo excesivo de alcohol causa enfermedades cardiovasculares»
“Tomar alcohol en exceso te acorta la vida”
«El consumo excesivo de alcohol predispone las relaciones sexuales no protegidas»
«El consumo excesivo de alcohol favorece la violencia y la violencia de género»
Por otra parte, «Queda prohibida toda forma de publicidad, promoción, patrocinio o financiación de actividades culturales, deportivas o educativas con acceso libre y gratuito, por parte de las marcas de bebidas alcohólicas».
De acuerdo al artículo 6°, «Las publicidades de venta de bebidas alcohólicas no alcanzadas por las prohibiciones dispuestas, incluidas las realizadas dentro de los establecimientos habilitados para su expendio y consumo, deben incluir alguno de los mensajes sanitarios» antes mencionados y «Su texto debe estar impreso en forma legible, dentro de un rectángulo de fondo blanco con letras negras que ocupe al menos un veinte por ciento (20%) de la superficie total del anuncio».
El artículo 8° establece que «Los medios de comunicación oficiales de la Ciudad de Buenos Aires deben abstenerse de trasmitir publicidad de bebidas alcohólicas». Y por el artículo 9° «El Poder Ejecutivo, a través de las áreas que correspondan, debe desarrollar acciones informativas y educativas sobre las consecuencias negativas del consumo en exceso de alcohol y el alcoholismo como adicción. A tal efecto, promueve la celebración de convenios con organismos nacionales e internacionales, públicos y privados, a efectos de coordinar la realización de campañas destinadas a su prevención y a la mejora de la salud de la población».
Sobre las sanciones por incumplimiento, la ley dice: «El/la titular o responsable de una empresa que realice publicidad de bebidas alcohólicas en infracción a las normas que regulan la actividad, es sancionado/a con una multa de quince mil (15.000) a cien mil (100.000) unidades fijas, y/o decomiso, y/o inhabilitación”. con la UF vigente en $9,65, las multas pueden ir desde 144.750 hasta 965.000 pesos.
Habilitan la reurbanización de la Villa 20
La Legislatura aprobó una ley que busca mejorar las condiciones de hábitat y vivienda y que tiene como objetivo «la reurbanización, zonificación e integración socio-urbana» del barrio ubicado en Villa Lugano.
La ley que recibió aprobación definitiva, permitirá avanzar en la urbanización y mejoramiento de la zona sur de la Ciudad y hace foco en la creación de una Mesa de Gestión Participativa -MGP- para garantizar e instrumentar la participación activa de los vecinos del barrio en todas las etapas del proceso de reurbanización del predio, delimitado por las avenidas Fernández de la Cruz y Escalada, la calle Larrazábal y las vías del Ferrocarril Belgrano, en la Comuna 8.
Será objeto de tratamiento en la MGP el desarrollo y planificación de las etapas de reurbanización que contempla: diseño y ejecución del relevamiento y diagnóstico socio-espacial; definición de los criterios para construcción de vivienda nueva, mejoramiento de viviendas existentes, apertura y consolidación de vía pública, provisión de equipamiento urbano, mejora y consolidación del espacio público, provisión de infraestructura de servicios urbanos (redes de agua potable, energía eléctrica, desagües cloacales, desagües pluviales y gas natural); definición de inmuebles a recalificar, reconfigurar y consolidar, así como también la definición acerca de la prolongación, apertura y ensanches de calles, pasajes y pasillos existentes; definición de criterios de adjudicación de viviendas y soluciones habitacionales definitivas.
La MGP estará integrada por el Instituto de Vivienda de la Ciudad -IVC; la Subsecretaría de Hábitat e Inclusión Social del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat -SSHI; delegados y vecinos del barrio como así también organizaciones barriales sociales y religiosas quienes podrán expresar su voz y participar activamente en el ámbito de la Junta Vecinal. A la vez será coordinada por el Gobierno de la Ciudad.
La iniciativa que propone la construcción de 1500 viviendas fue aprobada por unanimidad de los diputados presentes sobre un despacho conjunto de las Comisiones de Vivienda, de Planeamiento Urbano y de Presupuesto y Hacienda que analizó el proyecto presentado por la diputada Lía Rueda y sus pares Carmen Polledo, Francisco Quintana y Maximiliano Sahonero (PRO).
«Esta ley es una muestra más de que el diálogo y el trabajo en equipo es un compromiso que asumimos. El apoyo recibido en la audiencia pública fue unánime y nos llena de orgullo el fruto de intercambio de ideas con los vecinos del barrio 20», sostuvo Rueda como miembro informante. Expresó además que «en la historia de la Ciudad no se han registrado urbanizaciones de esta magnitud y consenso» y anunció: «Vamos a seguir trabajando para urbanizar todas las villas». Durante el debate en el recinto se expresaron sobre la urbanización los diputados Marcelo Ramal (FIT), Paula Oliveto Lago (CC), Javier Gentilini (FR), Hernán Arce (PS), Paula Penacca (FpV), Adrián Camps (PSA) y Maximiliano Sahonero (PRO).
«Las soluciones habitacionales definitivas estarán dirigidas a la población de la villa 20 registradas en el Censo del IVC 2016, el Registro de Inquilinos no Censados de Villa 20 y/o en el relevamiento llevado a cabo el 31 de mayo y 1 de junio de 2014 con la Defensoría del Pueblo como veedora. En caso de discrepancia entre el relevamiento del año 2014 y el Censo del IVC 2016, se tomarán como válidos los datos que surjan de éste último», explica la ley en uno de sus artículos.
Detalla además que en el caso de relocalizaciones «el IVC o quien este designe efectuará una valuación de la vivienda existente. El monto que arroje dicha valuación se descontará del precio correspondiente a la solución habitacional definitiva».
Por su parte, el Gobierno de la Ciudad promoverá el acceso al crédito, mediante programas dirigidos a brindar una solución habitacional definitiva, para aquellas familias del barrio que deseen relocalizarse.
Crearán una plaza en Balvanera
La Legislatura aprobó una ley para la creación de un nuevo espacio público en la Comuna 3, en la manzana delimitada por las calles Catamarca, Moreno y las avenidas Belgrano y Jujuy, Lo mismo sucederá con otra parcela en el barrio de Saavedra. Habrá audiencia pública.
El proyecto de ley, que fue aprobado en primera lectura, crea 11.700 metros cuadrados de nuevo espacio verde y público para los vecinos de la Ciudad (9.000 m2 en Balvanera y 2.700 m2 en Saavedra) y está destinado a cumplir con los requerimientos vecinales y la política pública de dotar de mayor cantidad de espacios para el disfrute de la ciudadanía, en este caso de las Comunas 3 y 12.
El Ejecutivo suscribirá un contrato de permuta haciendo entrega del predio delimitado por las calles Vedia, Pico y avenida San Isidro Labrador que fuera Estación Intermedia de Ómnibus de Media y Larga Distancia – Parada Puente Saavedra, desafectándolo del dominio público y declarándolo innecesario para la gestión, a cambio de la totalidad de las parcelas que comprenden a la Manzana 66 en Balvanera.
La iniciativa impulsada por un grupo de vecinos de Balvanera fue sancionada con 45 votos positivos y 10 abstenciones de los diputados Marcelo Depierro y Graciela Ocaña (CP), Paula Penacca, Javier Andrade, Pablo Ferreyra, Carlos Tomada y Lorena Pokoik (FpV), Fernando Vilardo (AyL), Marcelo Ramal (FIT) y Patricio Del Corro (PTS). El texto final de la norma fue modificado tras su evaluación en las Comisiones de Planeamiento Urbano y Presupuesto y deberá analizarse en audiencia pública como paso previo a la aprobación definitiva.
Sobre las tierras de Balvanera, donde actualmente existen canchas de fútbol para alquiler, el proyecto explica que la futura construcción de un parque «soluciona la barrera urbana que generan los frentes con paredones del predio, sin circulación peatonal nocturna. Sumado esto, a la posibilidad de generar en este nuevo espacio público un área de transferencia para las diversas líneas de colectivo que hoy circulan por el área». En cuanto al terreno de la avenida San Isidro Labrador, que funciona como terminal de una línea de colectivos y será permutado para adquirir la Manzana 66, se propone la subdivisión del lote a fin de liberar un área de aproximadamente 2.700 m2 de superficie para nuevo espacio público.
El barrio de Balvanera cuenta con sólo 0,4 m2 de espacio verde por habitante y con esta nueva manzana se incrementará el número de manera significativa en la Comuna 3. La ley establece que el 90% de la superficie correspondiente a la Manzana 66 será espacio verde y destinará un 10% a otros usos, así como la utilización del espacio en franjas horarias amplias y durante los fines de semana para promover actividades sociales, culturales y deportivas. Adicionalmente, admitirá la posibilidad de estacionamiento en subsuelos teniendo en cuenta la demanda existente en la zona.
«El proyecto refleja la oportunidad de desarrollar propuestas sustentables a nivel social, urbano y económico, y al mismo tiempo, responde al objetivo de generar un nuevo espacio verde en la Comuna 3 y un espacio público en la Comuna 12, ambos de calidad para el disfrute de los vecinos de la Ciudad de Buenos Aires», explican los fundamentos de la iniciativa.