El Senado convirtió en ley el procedimiento de juicio abreviado para los casos de flagrancia y devolvió a Diputados los proyectos de arrepentido y de acceso a la información pública. También convirtió en ley un proyecto que dispone la reducción del IVA a medios de comunicación digitales y dio media sanción al proyecto que rebaja los valores de las comisiones que cobran las tarjetas de crédito y débito a los comercios.
Flagrancia y arrepentido
La Cámara de Senadores aprobó este miércoles el proyecto de ley que busca modificar la figura del arrepentido en el Código Penal, que ya existía para los delitos de privación ilegítima de la libertad, trata de personas, secuestros extorsivos, lavado de dinero, terrorismo y narcotráfico, para que abarque casos de corrupción, delitos contra el Código Aduanero y asociación ilícita.
Además, el Senado aprobó un cambio en el Código Penal para introducir la figura de “flagrancia”, con la intención de abreviar procesos penales y lograr una rápida condena. Ambos proyectos fueron debatidos en el conjuntamente en una sesió que comenzó a las 15.30 horas.
La iniciativa sobre “arrepentido” que permite reducir la pena a toda persona imputada que brinde información comprobable sobre casos de corrupción, fue aprobada por 54 votos a favor, cuatro en contra y cuatro abstenciones.
Foto:Luciano Ingaramo/Comunicación Institucional HSN
La norma establece que en ningún caso el arrepentido podrá acceder a la eximición de prisión. Además, sólo podrá acogerse al beneficio en caso de que la información que proporcione esté referida a delitos tipificados con una pena igual o mayor a la suya.
Si el arrepentido tuviera una pena de reclusión perpetua, la reducción no podrá ser mayor a quince años.
El acuerdo de colaboración se celebrará exclusivamente entre el fiscal y las personas que brinden información, y no aplicará para los casos que se investiguen delitos de lesa humanidad.
Sin embargo, el proyecto deberá volver a la Cámara de Diputados ya que el Senado le introdujo varias modificaciones. Entre esos cambios, el principal es el que establece que el plazo límite para ejercer el derecho a arrepentirse sea la elevación a juicio oral de la causa.
Otro de los artículos que se agregó establece que el arrepentido puede acogerse a ese beneficio en un proceso penal del que es parte y señalando a personas con su misma responsabilidad o mayor. Sólo podrá referirse a situaciones de las que estuvo involucrado y nunca a declaraciones de terceros.
El presidente de la Comisión de Justicia y Asuntos Penales del Senado, Pedro Guastavino, defendió algunos de los cambios a la iniciativa argumentando que “algunos personajes hacen declaraciones que van entregando información a cuentagotas, con una actitud que parece distorsiva”.
“No podemos permitir que especule. El momento de arrepentirse debe ser contundente, en la etapa de investigación y antes de la elevación a juicio”, destacó.
El senador por Cambiemos, Ernesto Martínez, cuestionó el nombre de “arrepentido” al decir que “es un mal título, porque me parece que debería llamarse ‘colaborador eficaz’”.
El radical Luis Naidenoff opinó que “la figura del arrepentido puede ayudar mucho” y mencionó un informe que señala que “en la Argentina algunos casos de corrupción llevan más de veinte años sin condena”.
La ultrakirchnerista Virginia García, en cambio, justificó su abstención a la medida alegando el “principio constitucional de que nadie puede declarar contra sí mismo” por lo que llamó la atención de que “el imputado puede mentir”.
Por otro lado, el Senado también aprobó y convirtió en Ley – con 63 votos afirmativos y 3 negativos- la introducción de la figura de “flagrancia” en el Código Penal, que ocurre cuando el autor de un delito es aprehendido en el momento de cometerlo.
Esa figura se podrá utilizar para aquellos ilícitos con penas menores a quince años, con el objetivo de que se realicen juicios abreviados y con una rápida condena.
El detenido en flagrante delito será trasladado ante el juez a fin de participar de una audiencia oral inicial que deberá llevarse a cabo dentro de las 24 horas de la detención, prorrogable por otras 24 horas.
El senador por el Frente para la Victoria, Rodolfo Urtubey, aclaró que la figura de flagrancia excluye las manifestaciones sociales, pero aclaró que “rige para el desaforado que no forma parte de la militancia social, sino para cometer delitos”.
Acceso a la información pública
Contra la voluntad del oficialismo, se le introdujeron algunas modificaciones al proyecto de Ley de Acceso a la Información Pública, por lo que pese a ser aprobado por el Senado de la Nación, vuelve en segunda revisión a la Cámara de Diputados.
El proyecto fue aprobado en general por unanimidad, pero en particular se le introdujeron modificaciones en virtud de que la oposición logró imponer su mayoría.
Entre los cambios, los más importantes son los que incluyen entre los entes que deben brindar información al público a las sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria, como es el caso de YPF, ya que varios legisladores apuntaron al acuerdo entre la petrolera argentina y Chevron por la explotación del yacimiento no convencional de Vaca Muerta.
Foto:Luciano Ingaramo/Comunicación Institucional
Otro de los cambios establece que el director de la Agencia de Información Pública podrá ser designado por el Poder Ejecutivo, pero con acuerdo del Senado.
Asimismo, se elimina el artículo que indica que no puede ser director de la Agencia quien haya ostentado cargos políticos o partidarios hasta cinco años antes de su designación.
El proyecto de Acceso a la Información Pública, que impulsó el Poder Ejecutivo, establece la posibilidad de que los particulares puedan solicitar y recibir información de los tres poderes del Estado.
En caso de no recibir respuesta en tiempo y forma, el solicitante podrá reclamar por vía administrativa o judicial.
La iniciativa regirá para los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, el Ministerio Público Fiscal, organismos centralizados, descentralizados, empresas, sociedades estatales y cualquier entidad privada que reciba subsidios o aportes del Estado Nacional.
La norma había sido discutida en las comisiones y, a través del dictamen de mayoría, se había propuesto aprobar el proyecto venido de Diputados.
Sin embargo, desde la oposición, tanto el kirchnerismo, como el peronismo disidente y la centroizquierda, unificaron consensos para reclamar por la introducción de cambios y lograron torcer la voluntad del oficialismo que quería convertirla en ley esta misma noche.
El presidente provisional del Senado, Federico Pinedo, fustigó duramente la modificación del proyecto en el artículo que establece que sociedades con participación estatal deben brindar información a los particulares.
“Si se elimina esa restricción, las empresas con participación minoritaria del Estado deben brindar su información no sólo sobre la participación estatal. Tendrá que darle toda esa información a su competencia”, advirtió Pinedo.
Además, insistió en preguntar “quién va a venir a la Argentina a invertir en estas condiciones”.
Sin embargo, el kirchnerista Juan Pais señaló que el Inciso C de la Ley “protege los secretos industriales, comerciales, financieros y científicos” de las firmas y remarcó que “en modo alguno se pone en peligro ninguna seguridad jurídica de las empresas”.
El radical Luis Naidenoff defendió la iniciativa argumentando que “se está saldando una deuda pendiente” y destacó que “es un proyecto que molesta al poder”.
“Así vamos a empezar a cerrar la distancia que existe entre la política y la gente”, indicó el formoseño.
La ultrakirchnerista santacruceña Virginia García afirmó que “la ley es buena y debe ser una herramienta útil y eficiente”, pero reclamó cambios en el control de la Agencia de Información porque “es casi imposible que el Poder Ejecutivo se controle a sí mismo”.
La tucumana Silvia Elías de Pérez, de Cambiemos, enfatizó que “en la Argentina el secretismo gobernó por muchos años” al cuestionar la decisión de la mayoría de los legisladores de retrasar la aprobación de la Ley.
La representante del Movimiento Popular Neuquino, Lucila Crexel, en cambio, había enfatizado que “no es alentador ante la institucionalidad que salga la ley rápido sin hacerle cambios”.
Reducción de IVA a medios digitales
La Cámara de Senadores aprobó este miércoles y convirtió en Ley, un proyecto que propone que los medios de comunicación digitales paguen menos IVA, como ocurre actualmente con los medios impresos.
El proyecto que fue aprobado por unanimidad establece la incorporación de los portales de noticias a la ley de Pymes periodísticas, que benefician con la reducción de IVA a los medios de papel pero excluye a los diarios digitales.
En la actualidad los grandes diarios pagan un IVA de 10,5%, mientras que las Pymes periodísticas ahora pagan, según su facturación, entre 2,5% y 5%. Los portales de noticias, en cambio, abonan una alícuota del 21,5%.
El presidente de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, el kirchnerista Juan Manuel Abal Medina, destacó que la aprobación servirá para “otorgarle los mismos beneficios que tenían los medios periodísticos en formato de papel a los de formato digital”.
Además, destacó que “el costo fiscal será prácticamente nulo” ya que “la disminución de la alícuota se deriva a instancias superiores de la facturación”.
Bajan las comisiones de las tarjetas
La Cámara de Senadores aprobó por unanimidad, y pasó a Diputados, un proyecto de ley para bajar de 3 al 1,5 por ciento las comisiones por compras con tarjetas de crédito y eliminar las que actualmente se pagan por las de débito, que están en el 1,5 por ciento.
La reducción sería de 3% a 1,5% en el caso de las tarjetas de crédito y de 1,5% a 0% en las de débito.
La propuesta indica que el emisor de tarjetas de crédito en ningún caso efectuará descuentos ni aplicará cargos, por todo concepto, superiores al 1,5 por ciento como máximo sobre las liquidaciones presentadas por el proveedor.
A su vez, indica que en relación de las tarjetas de débito los bancos no podrán “efectuar descuentos ni aplicar cargos a los comercios, se establece la gratuidad de este medio de pago” y precisa que la acreditación de los importes de las ventas canceladas por ese medio se hará en un plazo máximo de tres días.
Durante la discusión en el recinto, se aprobó una modificación que fue incluida en el recinto para excluir a las tarjetas de crédito no bancarias de la medida, que podrán seguir cobrando el 3 por ciento.
El presidente de la Comisión de Industria y Comercio, el chubutense del Frente Renovador Alfredo Luenzo, destacó que la iniciativa es una “histórica demanda” para “favorecer a los sectores de la economía más vulnerables” como las pequeñas y medianas empresas.
Luenzo apuntó a modificar la “posición dominante” de la “empresa PRISMA” que es la emisora de la tarjeta VISA en un holding que está conformado por catorce bancos.
“Debemos abrir la competencia. Pensar en la persona y no en los recursos económicos”, resaltó.
El interbloque de Cambiemos propuso algunas modificaciones que no fueron aceptadas por la mayoría de la oposición.
El presidente provisional del Senado, Federico Pinedo, propuso modificar la propuesta, incorporando dos artículos nuevos.
En uno de ellos se autorizaba al Banco Central a que tome medidas antimonopólicas vinculadas a otros medios de pago, como eliminar la exigencia de las compañías emisoras a los comercios para que alquilen las máquinas posnet.
Además, se autorizaba al Central, a la Secretaría de Comercio y el Congreso a generar mecanismos para promover la competencia en el mercado de crédito y débito.