La Corte Suprema de Justicia suspendió las elecciones a gobernador en las provincias de San Juan y Tucumán, previstas para este domingo 14 de mayo, a cinco días de los comicios.
El máximo órgano del Poder Judicial se declaró competente para tratar las cautelares que habían alegado la inconstitucionalidad del cuarto mandato consecutivo de Sergio Uñac -uno como vicegobernador y dos como gobernador, presentándose por otro cargo más- y la quinta presentación consecutiva de Juan Manzur -dos cumplidos como vicegobernador, otros dos de gobernador y un tentativo mandato más como vice de Osvaldo Jaldo.
Los dos fallos llevan las firmas de los ministros Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda y Carlos Rosenkrantz. Ricardo Lorenzetti no votó en ninguno de los casos al encontrarse de viaje.
En el caso de Tucumán, la Corte dispuso que la gobernación debe presentar un informe en un plazo máximo a cinco días y e hizo «lugar a la medida cautelar solicitada y, en consecuencia, suspender la convocatoria a elección de gobernador y vicegobernador de la Provincia de Tucumán del próximo 14 de mayo hasta tanto se dicte un pronunciamiento definitivo».
El candidato a vicegobernador de Juntos por el Cambio, Germán Alfaro, promovió una acción de amparo el último 19 de abril ante la Junta Electoral Provincial, declarando la inconstitucionalidad de la presentación de Manzur como vicegobernador.
El actual gobernador asumió en 2015 y terminará en octubre su segundo mandato, que fue interrumpido por un año y medio para asumir como jefe de Gabinete. A su vez, acompañó a José Alperovich como vice durante los períodos 2007-2011 y 2011-2015.
Según fundamenta, el artículo 90 de la provincia enfatiza que un mandatario no puede presentarse a un tercer mandato, siendo gobernador o vicegobernador, por lo que «la pretensión de Juan Manzur resulta violatoria».
En San Juan, la presentación de Sergio Uñac para su tercer mandato consecutivo a la gobernación -y cuarto en el Ejecutivo, dado que fue ungido como vice de José Luis Gioja en 2011- estuvo atado a controversias debido a la interpretación de la carta magna provincial, que dispone el límite a dos elecciones.
El candidato a gobernador de Evolución Liberal, Sergio Vallejos, promovió una acción judicial contra la provincia de San Juan bajo la premisa de que el artículo 175 de la Constitución provincial inhabilita a Uñac a ser gobernador nuevamente.
El texto inserto en la carta magna provincial marca que «el Gobernador y el Vicegobernador (…) pueden ser reelegidos consecutivamente hasta dos veces».
Según alegó Vallejos en la cautelar, «al nombrado ciudadano le cabe la inhabilitación para volver a oficiar de candidato y ocupar el cargo de gobernador o vicegobernador de la Provincia de San Juan para el período 2023-2027. Es que habilitar la candidatura para un cuarto período contrariaría el límite de ser reelegido ‘hasta dos veces'».
Así como con el caso de Manzur, el eje central de la judicialización reside en la reinterpretación de las normas constitucionales para la presentación de un tercer mandato de manera consecutiva que no aparece contemplada en las cartas magnas.
Antecedentes
Esta no es la primera vez que el Máximo Tribunal falla al respecto de elecciones provinciales, inhabilitando las posibilidades de reelección de los mandatarios vigentes.
Durante el 2013, la Corte declaró que Gerardo Zamora estaba inhabilitado para ser candidato a gobernador de Santiago del Estero para un nuevo período. En ese fallo también participó el actual ministro Juan Carlos Maqueda.
A su vez, en marzo de 2019 rechazaron la posibilidad de que los gobernadores de Río Negro, Alberto Weretilneck, y de La Rioja, Sergio Casas, puedan tener una re-reelección para el cargo provincial.