Será peatonal en los dos carriles inmediatos a la acera izquierda entre la avenida Callao y la calle Libertad, todos los días de 19:30 a 02:00 horas. También habrá dos carriles exclusivos sobre la acera derecha para servicios de autotransporte público a un máximo de 40 km/h, todos los días, entre las calles Junín y Libertad. En tanto, avenida Córdoba tendrá carriles exclusivos entre la calle 25 de Mayo y avenida Medrano.
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sancionó la ley que establece el régimen de arteria peatonal en los dos carriles inmediatos a la acera izquierda de la avenida Corrientes, en el tramo comprendido entre la avenida Callao y la calle Libertad, todos los días de 19:30 a 02:00 horas. Incluso, la norma prevé que «la Autoridad de Aplicación podrá extender o disminuir el régimen horario en ocasión de feriados, días no laborables, asuetos administrativos, festividades religiosas, festivales conmemorativos o cualquier otro evento, conforme las pautas que al respecto se establezcan para su realización«.
Además, durante la vigencia del régimen de arteria peatonal «quedará prohibida la circulación general de vehículos, conforme lo especificado en el artículo 6.9.3 del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como también el estacionamiento y/o detención de los mismos«. Los vehículos cuyo lugar de guarda se encuentre afectado al régimen deberán tramitar un permiso.
La flamante normativa establece también el Régimen de Carriles Exclusivos para el autotransporte público de pasajeros, todos los días durante las veinticuatro horas sin excepción, en los dos carriles inmediatos a la acera derecha en el tramo comprendido entre las calles Junín y Libertad.
Sólo podrán circular los vehículos afectados a los servicios de autotransporte público de pasajeros de carácter urbano y suburbano, al servicio de taxímetros, las ambulancias, los vehículos policiales, de fuerzas de seguridad y bomberos, siempre que se encuentren en situación de emergencia.
Además podrán circular vehículos particulares que transporten personas con necesidades especiales, y requieran detenerse junto a la acera derecha; vehículos que deban acceder a cocheras privadas, garajes comerciales o playas de estacionamiento, los de empresas de servicios públicos debidamente identificables, los encargados de la recolección de residuos, vehículos de unidades de auxilio mecánico de automotores, distribuidores de diarios, blindados y compensación de fondos bancarios, para transporte postal o valores bancarios, sólo en la cuadra donde realicen los trabajos.
También los vehículos autorizados para prestar el servicio de transporte escolar, únicamente al trasladar a los alumnos cursando la educación obligatoria de nivel inicial, primario o secundario, o de la modalidad de educación especial, en instituciones educativas tanto de gestión estatal como privada, desde sus domicilios con destino a los establecimientos mencionados, o viceversa. Y los de los residentes de inmuebles así como de quienes sean propietarios o locatarios de cocheras, con permiso de circulación, de los huéspedes de hoteles con permiso de circulación tramitado que cuenten con cocheras o dársenas de ascenso o descenso sobre la acera derecha y «todo vehículo que, por circunstancias no previstas en la ley, deba tramitar un permiso para circular con carácter de imprescindible necesidad por el carril exclusivo«.
Por el artículo 3° en los carriles exclusivos queda prohibido el ingreso, circulación, y detención para el ascenso o descenso de pasajeros de todos los vehículos no autorizados por la nueva normativa, la colocación de volquetes, vallas de obra, contenedores de residuos o cualquier otro elemento que pueda afectar el desplazamiento vehicular en los carriles exclusivos y el estacionamiento junto a la acera derecha de cualquier tipo de vehículos entre las calles Junín y Libertad.
En tanto, el artículo 6° señala que «queda prohibido el estacionamiento general de vehículos junto al cordón de la acera izquierda de la Av. Corrientes, en el tramo comprendido entre la calle Junín y Libertad, todos los días las veinticuatro horas (24 horas), sin excepción«.
La Secretaría de Transporte del Gobierno de la Ciudad como autoridad de aplicación establecerá el régimen operativo regulando especialmente el ingreso y egreso a los carriles exclusivos y al área sujeta al régimen de arteria peatonal, los giros permitidos, la carga y descarga de mercaderías sobre avenida Corrientes y sus transversales, entre otros, al cual deberán sujetarse los vehículos autorizados a circular. Incluso «dispondrá la colocación de señalización vial y de elementos de mobiliario urbano que prevengan tanto a las personas como a conductores del funcionamiento del régimen» respecto de la visibilidad y la inocuidad, respectivamente.
Además, «tendrá a su cargo el otorgamiento, renovación, denegación, suspensión y canje de los permisos para circular en los carriles exclusivos, como así también durante la vigencia del régimen de arteria peatonal. Asimismo, determinará, conforme los criterios de oportunidad, mérito y conveniencia, la cantidad de permisos a otorgarse, su plazo de duración, el medio y la forma de tramitación, en función de la capacidad vehicular de las arterias afectadas, dependiente de los usos y las posibles modificaciones en su diseño geométrico».
A causa del reemplazo del texto del inciso b del artículo 6.2.2 del Código de Tránsito y Transporte porteño, en adelante se podrá transitar «En avenidas: 60 km/h, con excepción de las Avenidas Figueroa Alcorta, del Libertador, 27 de Febrero, Brigadier General Juan Facundo Quiroga y Costanera Rafael Obligado, donde el máximo será de 70 km/h y en la Av. Corrientes en el tramo comprendido entre las calles Junín y Libertad, donde el máximo será de 40 km/h.»
Entre Junín y Callao habrá dos carriles exclusivos y tres para el transporte en general; de Callao a Libertad, dos exclusivos y dos en general conviviendo con la peatonalización; de Libertad a Cerrito se posibilitará los giros y entre Carlos Pellegrini y Florida se efectuará el ensanchamiento de veredas.
El expediente de autoría del Jefe de Gobierno, Horacio Rodríguez Larreta, estuvo sobre las bancas a través de un despacho único de la Comisión de Tránsito y transporte. En el recinto el diputado Omar Abboud (VJ) remarcó la impronta cultural de la arteria y explicó aspectos de la implementación. Por su parte, Marcelo Guouman fundamentó la abstención del bloque SUMA+ planteando discrepancias con los tiempos del proceso de implementación, la descentralización administrativa y el funcionamiento sobre todo de la línea B de subte en cuanto a frecuencias. La diputada Silvia Gottero expuso también la abstención del Bloque Peronista a partir de dudas a causa de un debate escaso en la comisión y su preocupación respecto a la seguridad en horario nocturno. Roy Cortina (PS) manifestó el apoyo y cerró las intervenciones Cristina García (VJ) destacando el cambio de paradigma hacia la peatonalización y la segregación del transporte público sobre el particular.
La votación resultó afirmativa con 36 votos positivos y 21 abstenciones de los bloques Unidad Porteña, Suma+, Bloque Peronista, Autodeterminación y Libertad, PTS Frente de Izquierda, FIT y Mejor Ciudad.
La ley sancionada hoy implica un avance en la limitación de la circulación de vehículos en las arterias, para su conversión en centros de espacio público destinados para uso peatonal. En una primera etapa se contempla realizar la obra del ensanche de aceras que permita la incorporación de espacios de encuentro con mobiliario colocado especialmente para facilitar el disfrute de la zona y la reconstrucción de las ochavas. Las modificaciones recogen la experiencia acumulada en otras ciudades como Nueva York y Londres, que presentan similares características en materia de oferta de espectáculos culturales.
Avenida Córdoba entre la calle 25 de Mayo y avenida Medrano
También mediante una norma aprobada este jueves por unanimidad se estableció el Régimen de Carriles Exclusivos para el autotransporte público de pasajeros todos los días las veinticuatro horas sin excepción, en los dos carriles inmediatos a la acera derecha de la avenida Córdoba, en el tramo comprendido entre la calle 25 de Mayo y avenida Medrano.
El artículo 2° señala que «por los carriles exclusivos sólo circularán los vehículos afectados a los servicios de autotransporte público de pasajeros y los afectados al servicio de taxímetros con el régimen operativo establecido en la presente ley, así como también podrán circular las ambulancias, los vehículos policiales, de fuerzas de seguridad y bomberos, siempre que se encuentren en situación de emergencia«. Y según el artículo 3° «Los vehículos de autotransporte público de pasajeros autorizados a circular por los carriles exclusivos no podrán atravesar las líneas que delimitan los mismos, salvo en los lugares expresamente autorizados. Cuando deban realizar giros a la izquierda, los vehículos deberán salir del carril exclusivo antes de la intersección próxima anterior a la maniobra y en los lugares demarcados a tal fin«.
En los carriles exclusivos queda prohibido:
a) La circulación de vehículos de alquiler con taxímetro que circulen sin pasajeros en el horario de 17:00 a 20:00 horas. Fuera de esa franja horaria, dichos vehículos que circulen en las condiciones mencionadas deberán hacerlo por el carril exclusivo adyacente a la acera, pudiendo efectuar maniobras de ascenso y descenso de pasajeros, excepto en los lugares demarcados para autotransporte público de pasajeros, pudiendo efectuar sobrepaso en caso de obstrucción del carril derecho.
b) El ingreso total o parcial, la circulación y la detención para el ascenso y descenso de pasajeros de todos los vehículos no comprendidos en la ley.
c) La colocación de contenedores de residuos, volquetes, vallas de obra o cualquier otro elemento que pueda afectar el desplazamiento vehicular en los carriles exclusivos.
d) El estacionamiento junto a la acera derecha de cualquier tipo de vehículos entre la Av. Leandro N. Alem y la Av. Medrano.
e) Los giros a la derecha en las intersecciones de todos los vehículos no comprendidos en el artículo 2°.
Por el artículo 5° queda prohibido el estacionamiento general de vehículos junto al cordón de la acera izquierda entre la calle 25 de Mayo y avenida Medrano «los días hábiles de 7:00 a 21:00 horas, salvo el tramo comprendido entre las calles Reconquista y Esmeralda, en el cual la prohibición regirá todos los días, las veinticuatro horas«.
Por otra parte se incorporan una serie de excepciones a la prohibición de circulación sobre los carriles exclusivos, entre las cuales se encuentra la que favorece a los residentes de la calle Libertad, entre la calle Paraguay y avenida Córdoba, ya sean propietarios o locatarios de cocheras, siempre que cuenten con permiso tramitado, a modo de compatibilizar el funcionamiento en simultáneo de los carriles exclusivos sobre avenida Córdoba y la entrada en vigencia del Área Ambiental Buenos Aires Centro, creada por la Ley N° 5786.
La implementación en la avenida Córdoba entre calles 25 de Mayo y Medrano agilizará la movilidad de 13 líneas de colectivos, nueve de ellas en simultáneo, con 130 servicios por hora. Las paradas correspondientes al autotransporte público de pasajeros se establecerán de acuerdo a lo reglamentado en el artículo 9.4.2 del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
El artículo 8° modifica el artículo 1° de la Ley 3554 (B.O.C.B.A. N° 3525), el que quedará redactado de la siguiente manera:
«Implántase el Régimen de Carriles Preferenciales para el transporte público de pasajeros por automotor, de lunes a viernes de 08:00 a 20:00 horas, con excepción de los feriados, en los siguientes tramos de arterias:
– Av. Entre Ríos entre Av. San Juan y Av. Rivadavia
– Av. Callao entre Av. Rivadavia y Marcelo T. de Alvear.»
La iniciativa de los diputados Cristina García, Francisco Quintana, Daniel Del Sol (VJ), Carmen Polledo y Roberto Quattromano con MC fue acompañada de un Informe Técnico elaborado por la Dirección General de Planificación de la Movilidad del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte que respaldó el proyecto.
Ambas propuestas, las de avenida Corrientes y Córdoba, forman parte de un conjunto de acciones que se encuadran en las previsiones del Plan Urbano Ambiental de la Ciudad de Buenos Aires (PUA), en tanto éste, en su carácter de soporte del proceso de planeamiento y gestión de la Ciudad, prevé en materia de transporte y movilidad la racionalización del transporte público automotor con función de complementación de los modos guiados, por medio de la ampliación de la red de carriles exclusivos para ómnibus y taxis ocupados y la limitación del estacionamiento vehicular en arterias de tránsito intenso, fundamentalmente en aquellas donde circula el transporte automotor.
El sistema de bicis gratis estará a cargo de privados
Se sancionó la ley que autoriza el llamado a licitación para operar el sistema de transporte público en bicicletas. Se permitirá publicidad para financiar la explotación, seguirá la gratuidad para usuarios y aseguran la continuidad laboral del personal técnico que hoy realiza esa tarea.
La Legislatura porteña sancionó la ley que permite al Poder Ejecutivo «concesionar la prestación y explotación del Sistema de Transporte Público en Bicicleta» en la Ciudad de Buenos Aires, que seguirá siendo gratuito para los usuarios pero operado y mantenido por una empresa privada.
La concesión se hará a través de la Secretaría de Transporte (del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte), mediante llamado a licitación pública para otorgar por 10 años la «prestación integral, modernización, operación, mantenimiento y explotación» de este programa. Se permitirá una prórroga del contrato por hasta 7 años.
El proyecto de la Jefatura de Gobierno de la CABA, que pasó por audiencia pública, fundamenta «la necesidad de tender al autofinanciamiento del sistema para una menor carga del erario público y sin impacto económico para el usuario; la publicidad y el sponsoreo se erigen como un mecanismo posible a ese fin», se sostuvo.
Uno de los artículos de la ley votada en segunda lectura, establece que el sistema será gratuito para sus usuarios durante el plazo de la concesión y otro ítem prevé la continuidad del personal que actualmente opera el sistema estatal. Por otra parte, se definió un límite de 550 espacios publicitarios que podrá implementar quien gane la concesión.
El artículo 5° de la ley dice que «el acceso al Sistema de Transporte Público en Bicicleta y su uso en las condiciones establecidas por la normativa correspondiente, será gratuito para sus usuarios durante el plazo de la concesión«.
En tanto, el artículo 4°, que refiere al pliego de condiciones de la licitación, estipula en su inciso 4 la obligatoriedad del concesionario de contratar al «personal técnico (…) que se encuentre prestando servicios exclusivamente para el sistema de transporte público en bicicleta al momento de iniciarse la concesión«.
La norma también dispone que las nuevas y futuras estaciones deberán repartirse equitativamente en todas las Comunas y determina específicamente «un mínimo del 10 por ciento de las estaciones en la zona Sur de la Ciudad«.
El Sistema de Transporte Público en Bicicleta se compondrá de:
– Estaciones de distribución y estacionamiento, ubicadas en paradas y terminales ferroviarias, de subtes, ómnibus y fluviales, centros de trasbordo del transporte público, espacios verdes y recreativos, establecimientos educativos, museos, polideportivos, clubes, entre otros.
– Bicicletas para poner a disposición de los usuarios, variable según la demanda de cada estación.
– Centros de información y atención en las estaciones de distribución y en lugares intermedios del recorrido.
– A disposición del público habrá mapas de la Ciudad de Buenos Aires, planos de ubicación de las estaciones de distribución y estacionamiento y de la red de carriles, acceso telefónico a servicio de reparación de averías e información, así como todo otro servicio anexo al sistema que fuese necesario.
– Señalización adecuada y distintiva; vehículos de traslado de las bicicletas, auxilio y reparaciones.
La ley sancionada hoy establece también algunos requisitos ineludibles que deben figurar en los pliegos de la licitación. entre ellos:
– Los componentes del nuevo sistema deben ser nuevos (bicicletas, estaciones, materiales, infraestructura, etc.)
– Obligación del concesionario de incorporar nuevas tecnologías.
– Obligación del concesionario de contratar al personal técnico de la Unidad de Proyectos Especiales de Movilidad Saludable que se encuentre prestando servicios exclusivamente para el sistema de transporte público en bicicleta al momento de iniciarse la concesión.
– Un sistema de control, con índices de calidad y una auditoría trimestral sobre los ingresos del concesionario.
– Presentación semestral de un informe detallado sobre funcionamiento del sistema, facturación en publicidad y porcentaje de ocupación de las bicis, a presentar por el concesionario.
– Las estaciones, bicicletas, cartelería publicitaria y todo otro objeto relacionado con la prestación del sistema serán de propiedad del concesionario durante toda la vigencia del contrato.
– Los espacios publicitarios de la totalidad del Sistema de Transporte Público en Bicicleta no podrán superar los quinientos cincuenta (550).
Una cláusula transitoria determina que las bicicletas que actualmente están en uso y quedarán desafectadas del servicio cuando empiece a operar el concesionario podrán ser distribuidas a escuelas secundarias de la Ciudad para el uso por parte de los alumnos. Se calcula que al menos son unas 2.500 unidades.
A último momento se incorporó un artículo a la ley sancionada (el octavo) para atenuar los desequilibrios económicos y financieros que pudiera provocar el nuevo sistema (que se financiará con publicidad callejera) a las empresas concesionarias del mobiliario público destinado a explotación publicitaria.
Para esas concesionarias de mobiliario público se legisló que podrán otorgárseles prórrogas de sus contratos “por hasta un máximo de 7 años”, cuya evaluación y requisitos definirá el Ministerio de Ambiente y Espacio Público, pero el mismo artículo exige que para ello los permisionarios deberán “garantizar una adecuada renovación y actualización” de sus prestaciones.
También se establecen otros supuestos en que las prórrogas sólo serán de hasta 4 años. En todos los casos se refiere a concesionarios de licitaciones públicas para la fabricación, instalación, mantenimiento y conservación de los elementos del mobiliario urbano, comprendidos en la Ley N° 468, modificada por la Ley N° 1083, ambas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Durante el debate en segunda lectura, hablaron los diputados Cristina García (VJ), como miembro informante y presidenta de la Comisión de Tránsito y Transporte; Myriam Bregman (PTS-FI), Gabriel Solano (FIT), Marta Martínez (AyL), Silvia Gottero (BP), Marcelo Guouman (SUMA+), Roy Cortina (PS), Carlos Tomada (UC) y Maximiliano Ferraro (VJ).
La ley quedó sancionada por 49 votos positivos de los bloques Vamos Juntos, Unidad Ciudadana, Suma+ y Socialista; la oposición de 5 diputados de izquierda y la abstención de 3 legisladores del Bloque Peronista.
Conmemoración por el golpe de Estado de 1976
La Legislatura porteña recordó un nuevo aniversario de lo que fue la última interrupción de un gobierno democrático en el país y adhirió a las actividades que se realicen con motivo del Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia. Homenaje a los combatientes de Malvinas.
Legisladores porteños aprobaron una declaración con texto consensuado para recordar el golpe de Estado de 1976, llevado adelante por las fuerzas armadas para interrumpir el gobierno democrático conducido por la entonces Presidenta de la Nación Argentina, María Estela Martínez de Perón.
«La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires conmemora el día 24 de marzo con motivo de cumplirse 42 años del último golpe de Estado que viviera la República Argentina. Asimismo, adhiere a las actividades que se realizan con motivo del Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia, y rinde homenaje a los/as 30000 detenidos/as desaparecidos/as, reafirmando el compromiso por la defensa de los derechos humanos«, expresa el texto aprobado hoy que fue acordado por los bloques, con el voto negativo del diputado Fernando Vilardo (AYL) y las abstenciones de Patricio del Corro (MST) y Gabriel Solano (FIT).
Homenaje a los caídos en Malvinas
En el marco de un nuevo aniversario del conflicto bélico, el Cuerpo parlamentario aprobó una declaración con texto consensuado que expresa: «La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires conmemora un nuevo aniversario del Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas que se celebra el día 2 de abril de cada año rindiendo homenaje a la labor de quienes combatieron en defensa de la soberanía nacional«.
Además, al inicio de la sesión ordinaria la Presidencia ejercida por Diego Santilli invitó a izar la bandera nacional a dos diputados, Andrea Conde (UC) y José Luis Acevedo (VJ) que fueron escoltados por dos ex combatientes, trabajadores legislativos de planta permanente.
Por otra parte, a través de una declaración impulsada por la diputada María Rosa Muiños (BP), la Legislatura declaró de interés de la Ciudad las actividades que desarrolla la Asociación Combatientes de Malvinas por los Derechos Humanos -ACOMADEH- en favor de la promoción del conocimiento y la defensa de los derechos humanos. ACOMADEH es una organización de la sociedad civil conformada exclusivamente por ex soldados conscriptos que combatieron en la Guerra de Malvinas.
Solicitan campaña contra el sarampión
Por iniciativa de la diputada Patricia Vischi (S+) y con el voto a mano alzada de todos los legisladores, se aprobó una resolución que pide al Poder Ejecutivo de la Ciudad, a través del Ministerio de Salud, “una intensa campaña de prevención del sarampión, insistiendo en la necesidad de vacunar a la población”.
Se solicita además “difundir las recomendaciones para la población e instalar los equipos de salud a intensificar la vigilancia epidemiológica, así como verificar los circuitos y protocolos para la notificación oportuna y la implementación inmediata de acciones de control ante la detección de casos sospechosos”.
Homenaje a la CGT de los Argentinos
Se aprobó por unanimidad una declaración para conmemorar el quincuagésimo aniversario de la creación de la CGT de los Argentinos. «Más vale honra sin sindicatos que sindicatos sin honra es uno de los apotegmas de la C.G.T. de los Argentinos, expresa en síntesis la esencia del pensamiento de aquellos trabajadores que en un ya lejano marzo de 1968 se desprendieron de la CGT oficial, por entender que ésta había dejado de representar los auténticos intereses de los trabajadores argentinos», destacan los fundamentos del proyecto impulsado por el diputado Javier Andrade (UC). Además, se dispuso la colocación de una placa recordatoria donde funcionara la sede de la CGT de los Argentinos, en la calle Paseo Colón 731; en éste caso firmó como coautor Mariano Recalde (UC).
Placa en recuerdo de líder sindical
La colocación de una placa en la calle Moreno 1332 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sede del Consejo Directivo Nacional de la Unión del Personal Civil de la Nación, destinada a «honrar y mantener viva la memoria de Roberto Repetto, dirigente sindical víctima de desaparición forzada durante la última dictadura cívico militar» fue aprobada por la Legislatura. La iniciativa fue presentada por el diputado Claudio Heredia (BP).
Conmemoración por fallecimiento de Martin Luther King
Además, el Cuerpo parlamentario aprobó colocar una placa para rendir homenaje con motivo del 50° aniversario del fallecimiento del Premio Nobel de la Paz, Martin Luther King. Será puesta en el Centro Educativo Complementario de Idioma Extranjero Nº 13 que lleva su nombre, en la avenida Bruix Nº 4620 de la Ciudad de Buenos Aires. El proyecto pertenece al diputado Claudio Cingolani (VJ).
Modifican la integración de una Comisión especial
Mediante una resolución sobre texto consensuado se amplió el número de integrantes de la “Comisión Especial de Seguimiento de Prevención de violencia institucional» de siete a nueve miembros, a fin de guardar un adecuado equilibrio y proporcionalidad con la representación política de la misma.
Prórroga en el directorio del Ente Único Regulador de Servicios Públicos
La Legislatura decidió extender hasta el 31 de mayo de 2018 los mandatos de los actuales miembros vocales del directorio del Ente Único Regulador de Servicios Públicos: Fernando Adrián Barrera, María Alejandra Goldsack, Fernando Mario Lauría y Gustavo Eduardo Gutiérrez.
«Los miembros del Directorio del Ente deben ser designados por la Legislatura de la Ciudad reflejando proporcionalmente la representación política de los bloques que la componen, conforme lo establecido por el artículo 139 de la Constitución de la Ciudad. Su mandato dura cuatro años, y en atención a que los plazos de designación de los actuales miembros en funciones se encuentran próximos a vencer resulta necesario prorrogar el plazo de los mismos hasta el 31 de mayo de 2018», explican los fundamentos del proyecto presentado por el diputado Agustín Forchieri (VJ). Se abstuvieron los bloques SUMA+, Mejor Ciudad, Autodeterminación y libertad y PTS Frente de Izquierda.
Designan Administrador General del Poder Judicial
Con la aprobación del Plenario del Consejo de la Magistratura y con acuerdo de la Legislatura con 52 votos afirmativos y 5 abstenciones, fue designado el Dr. Luis Montenegro en el cargo de Administrador General del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en reemplazo del renunciante Dr. Alejandro Rabinovich.
Diputado español, Huésped de Honor
La Legislatura aprobó un reconocimiento para el diputado español, dirigente político, fundador y Secretario General de “Podemos”, Pablo Iglesias Turrión, quien visitará la ciudad entre el 24 y 27 de marzo. La iniciativa fue impulsada por el bloque Unidad Ciudadana. Se abstuvieron los bloques Vamos Juntos, PTS-FI y FIT; AyL votó por la negativa.
Recuerdan a Enzo Pagani
Con motivo del primer aniversario de su fallecimiento, el Cuerpo parlamentario rindió homenaje al ex legislador porteño, con una declaración que expresa: «La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires conmemora el primer aniversario del fallecimiento del Dr. Enzo Pagani, quien fuera Presidente del Consejo de la Magistratura de la Ciudad y diputado de la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires«.