La iniciativa, que cuenta con media sanción del Senado, suspende por seis meses la constitución e inscripción de Sociedades de Acción Simplificada (SAS), una herramienta que se implementó durante la gestión del ex presidente Mauricio Macri, para facilitar la creación de empresas en 24 horas a través de Internet.
La Comisión de Legislación General que preside la diputada Cecilia Moreau (FDT) analizó hoy el proyecto de ley en revisión por el cual se establece que todas las SAS deberán ser constituidas por emprendedores previamente inscriptos en un registro especial a cargo de la Secretaría para la Pequeña y Mediana Empresa y Emprendedores (SEPYME) dependiente del Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación.
Al comienzo de la reunión, el diputado Lucas Godoy (FDT) negó que el proyecto busque eliminar las SAS y aclaró que “la suspensión es por 180 días para que haya una transferencia del control hacia la IGJ. No se eliminan los sueños, se crea un sistema de mayor control”, explicó.
En tanto, la diputada radical Karina Banfi aseguró que su interbloque rechaza esta iniciativa y afirmó “esta ley (sancionada en 2017) ha puesto en la formalidad a cientos y cientos de empleados. el proyecto promueve la irregularidad”, sentenció y agregó: «si se quiere combatir el delito económico tampoco es por acá, no hay que perjudicar al que quiere emprender».
A su vez, José Luis Ramón del bloque Unidad y Equidad Federal, presentó un dictamen de rechazo y manifestó “lo que pretende este proyecto es echar por tierra con las SAS. Por más dudas que existan sobre la legalidad en su funcionamiento no podemos echar por tierra con un sistema que está funcionando».
El proyecto tratado prevé, entre otras cosas, la suspensión de constitución e inscripción de SAS: se suspenderá por el plazo de 180 días corridos la constitución e inscripción de SAS y toda tramitación de los actos concernientes a su operatoria, que requieran inscripción a través del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE).
Durante este lapso, las inscripciones se efectuarán exclusivamente en soporte papel conforme las disposiciones y procedimientos previstos que al efecto dicte cada Registro Público.