Se dispuso regular la identificación de los aparatos electrónicos usados, sus repuestos y partes, afectados a la compra venta y reparación. Además se creará un sistema público de seguimiento con sanciones económicas. Asimismo se habilitó la subasta pública del predio de «El Dorrego»
A través de una ley se reguló desde este jueves la comercialización y reparación de los aparatos electrónicos usados de telefonía, sus repuestos o partes a fin de desalentar el robo de celulares y su ingreso al mercado negro. Contempla además la creación de un sistema público, online y gratuito de seguimiento de la actividad con sanciones económicas, que van de los 18 mil a los 90 mil pesos, y clausuras por incumplimiento.
La Legislatura sancionó hoy la norma legal que busca desalentar el robo y/o hurto de teléfonos celulares a través de un nuevo sistema de comercialización y un estricto control a los locales que se dediquen a la compra venta y reparación de estos aparatos electrónicos usados, sus repuestos o partes.
«El objetivo es controlar el comercio ilegal de aparatos electrónicos, que se encuentra relacionado directamente con los hechos de hurto o robo en vía pública y encabezan las estadísticas delictivas», explicaron los fundamentos del proyecto, de autoría del diputado Ariel Álvarez Palma (VJ).
«La problemática de la seguridad pública y la criminalidad han pasado a ocupar el centro de atención de los argentinos, constituyéndose en una de las principales demandas ciudadanas y por ello la necesidad de implementar acciones a corto plazo que pongan fin a esta grave situación. La situación puntual de sufrir el robo de un celular hoy en día implica una perdida material en muchos casos cuantiosa, dinerariamente hablando, pero además conlleva una pérdida de datos e información personal que en ocasiones puede derivar en delitos aun más graves», agregaban los fundamentos del proyecto, que hoy se convirtió en ley tras recibir 56 votos positivos y dos abstenciones.
También se habilita la creación de un sistema público, online y gratuito de seguimiento de actividades relativas a la comercialización y reparación de celulares usados, sus repuestos y partes donde los titulares de los comercios que se dediquen a esta actividad deberán ingresar los datos de los dispositivos que tengan en su poder, tanto para las operaciones de venta o reparación, para lo cual se exigirá documentación respaldatoria.
Las personas que se dediquen a esta modalidad comercial deberán ingresar previamente a la recepción para reparación y/o comercialización en el sistema los siguientes datos: cada teléfono celular que posean para la venta; la descripción de las partes y/o de los repuestos que utilicen para la venta y/o reparación de otros teléfonos celulares; los teléfonos celulares que tengan para su reparación; las operaciones de compraventa y/o reparación que realicen.
La Agencia Gubernamental de Control -AGC- será la autoridad de aplicación y podrá secuestrar los aparatos en los casos que se verifiquen incumplimientos o irregularidades en el sistema de comercialización. Estos celulares, o sus partes, serán publicados en un sitio web que se disponga para tal fin y por un día en el Boletín Oficial de la Ciudad, y en la puerta del establecimiento inspeccionado.
Los titulares de los aparatos secuestrados podrán presentarse ante la Unidad Administrativa de Control de Faltas para solicitar su restitución. Tendrán 60 días para realizar el trámite y una vez vencido el plazo los aparatos electrónicos tendrán el siguiente destino: descontaminación y compactación o donación para entidades de bien público.
Por otra parte, los particulares podrán ingresar voluntariamente sus dispositivos de telefonía celular al sistema de control.
El proyecto se articula junto al Ministerio de Seguridad de la Ciudad de Buenos Aires y el Ente Nacional de Comunicaciones -ENaCom- en busca de un mismo objetivo dentro del plan integral de seguridad del Gobierno porteño.
«Se calcula que hay un total de 50 millones de teléfonos celulares y 5.000 robos diarios de los mismos, por eso el Estado tiene que tomar parte y generar políticas públicas. El Enacom sacó una resolución que fue trabajada por el Ministerio de Seguridad de la Nación y con las empresas de telefonía donde se trata de atacar la reventa, lo cual es paso más en ese sentido ya que crea un sistema público de seguimiento. Tenemos que tratar que el delito no sea rentable y con este proyecto estamos poniendo un marco respecto a la compra y venta de celulares usados que hasta ahora tenía un vacío legal«, argumentó durante la sesión Álvarez Palma.
Multas por incumplimiento
Dentro del Régimen de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires, aprobado por Ley Nº 451, se incorpora un artículo específico sobre comercialización de aparatos electrónicos de telefonía celular y/o de comunicación digital que sostiene: «El/la que comercialice y/o repare aparatos electrónicos usados de telefonía celular, sus repuestos o partes, y tuviere dichos elementos sin registrar la tenencia o los comercialice o repare, sin ingresar dichas operaciones en el sistema de comercialización de celulares, será sancionado/a con multa de 1.000 a 4.000 U.F. (Unidades Fijas) y/o decomiso de las cosas no registradas y clausura del local o establecimiento”.
Además agrega que: «El/la que comercialice y/o repare aparatos electrónicos usados de telefonía celular, sus repuestos o partes, y tuviere dichos elementos sin acreditar su legítima adquisición o tenencia será sancionado/a con multa de 1.500 a 4.500 U.F. y/o decomiso de las cosas respecto de las cuales no se hubiere acreditado su legítima adquisición o tenencia y clausura del local o establecimiento”.
Si la información ingresada en el sistema de comercialización de celulares fuere falsa, el titular del establecimiento será sancionado con multa de 2.000 a 5.000 UF y/o decomiso de las cosas asentadas falsamente y la clausura del local o establecimiento y/o inhabilitación.
Para calcular el valor de las multas hay que considerar que cada UF equivale a medio litro de nafta de mayor octanaje informado por el Automóvil Club Argentino, Sede Central. Estos valores, que se actualizan semestralmente, representan hoy 17,80 pesos por cada UF.
Ley habilita la subasta pública de El Dorrego en Colegiales
La aprobación de la iniciativa del Ejecutivo en segunda lectura fue lograda por el oficialismo con el apoyo del bloque Evolución. La oposición reafirmó su negativa.
La Legislatura este jueves declaró «innecesario para la gestión del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires» y dispuso la «enajenación en subasta pública» del polígono en el barrio de Colegiales – Comuna 13, delimitado por las calles Ramón Freire, Concepción Arenal, Zapiola y avenida Dorrego. En el inmueble conocido como «El Dorrego» funcionó un mercado desde el año 1928 y hasta hace tiempo atrás estuvo dedicado a ferias, exposiciones y eventos.
La subasta pública sobre 13.000 metros cuadrados de suelo deberá hacerse de conformidad con lo establecido en la Ley 2095, texto consolidado según Ley 5.666, y su reglamentación.
El artículo 8° dispone que «la transmisión del dominio al adquiriente será de carácter revocable hasta la correcta ejecución de los cargos establecidos en la ley, en los Pliegos de Bases y Condiciones y en el Contrato«.
Los cargos bajo condición resolutoria que deberá cumplir el adquiriente -según el artículo 9°- serán determinados en los pliegos de la subasta pública debiendo contemplar, como mínimo, los siguientes:
– Ejecución de obra y equipamiento de espacio verde de acceso público sobre la rasante del 65% de la manzana. Las mismas deberán tener inicio luego de la construcción de estacionamiento bajo la cota de la parcela y de manera previa o concomitante al inicio de la obra sobre cota de parcela en el área edificable delimitada. La totalidad de las obras deberán finalizarse dentro de los cinco años contados a partir de la registración del plano ante la Dirección General de Registro de Obras y Catastro.
– Constitución del derecho real de servidumbre administrativa gratuita de no edificar con destino uso público, a perpetuidad y a favor de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sobre la rasante del 65% de la manzana destinado a espacio verde de acceso público.
– Diseño y ejecución de una obra que ocupe 5000 mts2 de la superficie total del 35% de la superficie de la manzana edificable de conformidad con los parámetros y condiciones que se establezcan en los pliegos de bases y condiciones, destinados a la actividad audiovisual, entendiéndola como aquella definida por la Ley 3876, texto consolidado según Ley 5666. En dichos pliegos se establecerá que el diseño del proyecto deberá contemplar que el acceso al/los edificios que se construyan se realice desde la calle o avenida. Y otorgamiento del uso y goce de un mínimo de 500 mts2, a favor del Ejecutivo mediante la suscripción de un contrato de comodato por 15 años, a contar desde la finalización de las obras o de la suscripción del correspondiente contrato, el que será renovable por idéntico plazo a criterio exclusivo del Ejecutivo.
– Construcción de un estacionamiento comercial con capacidad máxima para 300 vehículos, bajo la rasante del predio en el plazo que se determine en los Pliegos el que sólo será habilitado una vez que se encuentre finalizado el espacio verde sobre la rasante del 65% de la manzana.
Según el artículo 10°, el Poder Ejecutivo deberá iniciar las obras de construcción y equipamiento de la parcela destinada a espacio verde denominado «Clemente», y del espacio verde de 2101,06 m2, con frente a las calles Concepción Arenal y Gral. Enrique Martínez (que se afectó a UP6), dentro de los sesenta días de promulgada y publicada la ley, sin estar condicionada esta obligación a los plazos para la realización de la subasta pública.
Realizada la subasta pública «cuyo precio base deberá contemplar los cargos establecidos (…) su producido será destinado al financiamiento de las obras de construcción, equipamiento de la parcela con destino a espacio verde denominado «Clemente» y del espacio verde» [de 2101,06 m2] «a obra de infraestructura educativa, a la puesta en valor, mejoramiento, parquización, forestación, iluminación, el tratamiento artístico y/o cobertura vegetal de muros ciegos y equipamiento de espacios públicos existentes dentro de la Comuna 13«, especialmente la integración paisajística con la Plaza de los Colegiales, Plaza Mafalda, y el Corredor Verde Del Norte con sus respectivas zonas de transición.
Mediante el artículo 1° el polígono que actualmente ocupa El Dorrego fue desafectado de la Zona lb del Distrito U20 — Barrio Nuevo Colegiales, por el artículo 2° se lo afectó a la Zona 1c, por el artículo 3° se aprobaron las Normas Urbanísticas para esa Zona y por el artículo 4° se las incorporó al Parágrafo 5.4.6.21 del Distrito U20.
Por otra parte, se afectó a Urbanización Parque (UP6), el polígono de 2101,06 m2 con frente a las calles Concepción Arenal y Gral. Enrique Martínez.
Argumentaciones
Para su debate en el recinto se consideró el despacho de mayoría de las Comisiones de Planeamiento Urbano y de Presupuesto, Hacienda, Administración Financiera y Política Tributaria que aconsejaron la sanción.
La presidente de la Comisión de Planeamiento Urbano, Victoria Roldán Méndez (VJ) defendió la promoción de la industria audiovisual y el incremento de espacios públicos. Puntualizó las principales modificaciones consensuadas con el bloque Evolución para mejorar el proyecto original del Ejecutivo: para el 35% asignado a la nueva construcción el ingreso deberá ser desde la calle o la avenida y en el 65% restante se contempla que el estacionamiento no se habilitará hasta tanto no se termine la plaza. Además, que se agrega un espacio verde que se encuentra detrás del Mercado de Pulgas y los fondos que se perciban se destinarán a infraestructura educativa en el barrio. Por su parte, la titular de Evolución, diputada María Inés Gorbea, fundamentó en estos cambios el acompañamiento a la iniciativa.
El resto de la oposición expresó su negativa, reafirmando la postura sostenida al momento de la primera lectura. Javier Andrade (UC) manifestó que no se escuchó la demanda de los vecinos de no vender tierras, que con esta normativa se hace una plaza votada con anterioridad en otra ley y «se destina espacio verde público a parcela privada gestionada por un privado con acceso público en comodato por 15 años». Expresó dudas respecto a usos a los que consideró «muy amplios».
La legisladora Marta Martínez (AyL) criticó la privatización del espacio público. En el mismo sentido se pronunció su par Roy Cortina (PS) quien argumentó que «no resuelve las demandas de los vecinos de Colegiales, el mecanismo es un retroceso jurídico, simbólico, terrible para la Ciudad por el que el espacio público es algo residual y no se lo coloca en el centro como ámbito de construcción de ciudadanía». Señaló la contradicción respecto a «la densidad poblacional y la necesidad de espacios verdes que surgen de estudios hechos por el propio gobierno». Afirmó que «los 500 m2 es una coartada extorsiva para un reclamo por la anhelada plaza Clemente» y cuestionó que el propio funcionario del Ejecutivo en la audiencia pública vinculara la pretensión sobre El Dorrego con el «proyecto Concepción, una propuesta inmobiliaria de altísimo nivel».
En tanto Gabriel Solano (FIT) rechazó la «enajenación del patrimonio de la ciudad en favor de grupos inmobiliarios» y que «esto se enlaza con el debate de la semana pasada sobre los códigos urbanístico y de edificación» así como que «en colegiales, con tierras ferroviarias hay otro negociado sorteando las competencias del Congreso Nacional». A su turno, Patricio Del Corro (PTS-FI) advirtió «el saqueo de los fondos públicos para favorecer negocios privados, en este caso de 120 millones de dólares que incorporará 1.000 personas más y 300 cocheras nuevas a la vida cotidiana en detrimento de los servicios, el tránsito y los espacios verdes». También fundamentaron sus posiciones contrarias María Rosa Muiños (BP) y Sergio Abrevaya (Gen).
La propuesta impulsada por el Jefe de Gobierno, Horacio Rodríguez Larreta, se encuentra en el marco del Plan Urbano Ambiental, Ley Nº 2.930, artículo 9, y en lo establecido en el artículo 27º de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
La ley obtuvo aprobación inicial el 5 de julio pasado resultando publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº 5412 del día 12 y el 4 de septiembre se realizó la Audiencia Pública en la que un miembro de la Junta Comunal 13 y numerosos vecinos manifestaron su desacuerdo con la venta de tierra pública. Esta tarde recibió aprobación definitiva: sobre 59 legisladores en sus bancas, 40 votaron a favor (VJ más Evolución) y 19 en contra (UC, BP, PS, AyL, MC, FIT, PTS-FI).