Está tarde se reunió la Comisión Bicameral Permanente De Tramite Legislativo -Ley 26.122- para tratar el Decreto 355/2016 dictado en uso de Facultades Delegadas, por el cual se deja sin efectos transitoriamente el gravamen previsto en el Capítulo VII del Título II de la Ley de Impuestos Internos, texto sustituido por la Ley 24.674 y sus modificaciones, para el expendio de champañas.
El mismo fue aprobado por unanimidad, quedando en condiciones de ser aprobado por las Cámaras, sin perjuicio de lo cual la eximición del tributo seguirá vigente en tanto y en cuanto ambas Cámaras no rechacen el DNU.