La Legislatura convirtió en ley la adhesión de la Ciudad al Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal, suscripto con la Nación y del que participan las provincias. Asimismo se sancionó una ley que permitirá obras costeras en el barrio de La Boca y la construcción del edificio de ACuMaR. así como el rescate de inmuebles de valor histórico y urbanístico. Finalmente se fijaron normas para los centros de entretenimientos familiar, que así quedaron catalogados en el Código de Planeamiento Urbano.
Adhesión al acuerdo fiscal federal
Los diputados de la Ciudad aprobaron hoy la adhesión al Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal y Buenas Prácticas de Gobierno, instituido por la ley nacional 25.917 del año 2004 y actualizado por ley 27.428, del corriente año.
La Ley Nº 27.428 es el resultado del consenso alcanzado entre las provincias, la Ciudad de Buenos Aires y el Gobierno nacional en el marco de reuniones celebradas en el Consejo Federal de Responsabilidad Fiscal con el fin de modificar y adaptar las normas a las necesidades y objetivos de la nueva realidad macro fiscal.
Según explican los fundamentos del Ejecutivo local y los considerandos del despacho de la Comisión de Presupuesto, la norma a la que adhiere la Ciudad consta de cuatro capítulos: Capítulo I, “Transparencia y Gestión Pública”; Capítulo II, “Reglas Cuantitativas”; Capítulo III, “Consejo Federal de Responsabilidad Fiscal, y Capítulo IV “Disposiciones Varias”.
El primer capítulo establece las «Reglas de Transparencia y de Gestión Pública” que deberán seguir las jurisdicciones, entre otras: publicación en la página web del Presupuesto Anual, proyección del Presupuesto Plurianual y de la Cuenta Anual de Inversión, la utilización de conversores para la obtención de clasificadores homogéneos con los utilizados por la Nación, calcular parámetros e indicadores homogéneos de gestión pública que midan la eficiencia en recaudación y gasto público y la modernización de los sistemas de administración financiera y tributaria, recursos humanos y de deuda.
En el Capítulo II, sobre “Reglas Cuantitativas”, el compromiso es que el incremento del gasto público corriente primario no supere la tasa de aumento del Índice de Precios al Consumidor, destinar el producido por la venta de activos fijos a financiar erogaciones de capital y no incrementar la relación de cargos ocupados en el sector público existente al 31 de diciembre de 2017.
Otras de las premisas son: sólo aprobar mayores gastos de otros poderes del Estado siempre que estuviera garantizado su financiamiento, no incrementar el gasto corriente permanente durante los últimos dos trimestres del año de fin de mandato, incluir estimaciones del gasto tributario y acordar políticas tributarias de armonización y de no incremento de la presión impositiva.
Asimismo, se insta a las provincias y Ciudad Autónoma firmantes a «tomar medidas para que el nivel de endeudamiento sea fiscalmente sustentable» y «elevar antecedentes y documentación correspondiente al Gobierno nacional para poder acceder a operaciones de endeudamiento con organismos que no pertenezcan al sector público no financiero«.
El Consejo Federal de Responsabilidad Fiscal será el órgano de aplicación y tendrá su reglamento interno que se sancionará por dos tercios de las jurisdicciones nacional, provinciales y porteña. Allí se establecerá la periodicidad de sus reuniones, su forma de integración, la posibilidad de que el mismo aplique sanciones derivadas del incumplimiento de la ley y las condiciones para que las jurisdicciones adherentes puedan solicitar ante él excepciones a la normativa.
El artículo segundo de la ley sancionada este jueves, aclara que la adhesión a éste consenso fiscal «es de aplicación a los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, las Comunas, los organismos descentralizados, entidades autárquicas, las empresas y sociedades del Estado, sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria, sociedades de economía mixta y todas aquellas otras organizaciones empresariales donde el Estado de la Ciudad tenga participación mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones societarias y demás entidades del Sector Público no financiero de la Ciudad«.
El Ministerio de Hacienda de la Ciudad es el que «dictará las normas reglamentarias y/o complementarias e instrumentará los procedimientos que resulten necesarios para garantizar la aplicación del Régimen«, especifica el artículo tercero.
El debate en el recinto acordado en función de la intervención de 10 minutos por bloque parlamentario comenzó con la exposición de la presidenta de la Comisión de Presupuesto diputada Paula Villalba (VJ) quien refirió a los antecedentes legislativos y destacó que «la finalidad de la adhesión de la Ciudad de Buenos Aires es fortalecer las autonomías regionales y dar solvencia a las cuentas públicas, es un verdadero código de conducta fiscal». Además, mencionó que «dará flexibilidad para la obra pública y continuidad a lo que se viene haciendo». Por otra parte remarcó que «limita el endeudamiento público dado que no podrá superar el 15%» y explicó que éste «en la Ciudad a febrero último es de 12% y se proyecta para diciembre la pesificación del 50% del total». Incluso recordó que la iniciativa aumenta sanciones del Consejo Federal. La legisladora concluyó señalando que «la Ciudad de Buenos Aires destina el 53,4% del presupuesto a servicios sociales y el gobierno nacional asigna más del 60%». Por su parte Hernán Reyes (VJ) efectuó algunas aclaraciones puntuales y destacó la contribución a la estabilidad de las cuentas públicas y el achique del déficit para no tomar deuda».
SUMA+ y Mejor Ciudad a través de Juan Francisco Nosiglia explicitó el acompañamiento «dado que reduce la presión fiscal récord cercana al 40%», no obstante aludió a algunas consideraciones, tales como que «la presión fiscal en la CABA durante la última década fue superior al 60%». Planteó «la necesidad de una reforma a favor de la producción y el empleo» y advirtió que «la Ciudad incumple con el objetivo del resultado financiero neutro ya que de los últimos diez presupuestos, nueve fueron deficitarios; incluso para 2018 rondará los 7.000 millones de pesos». Manifestó que «también incumple en que los gastos primarios corrientes no superen la inflación pues en los últimos siete ejercicios aquellos estuvieron en promedio el 7,1% por encima, y respecto a la publicación de los datos del personal público la Ciudad ocupa el puesto 15 a nivel nacional».
Posturas de abstención fueron expuestas por Sergio Abrevaya (GEN) argumentando que «se trata de una cesión de la autonomía de la CABA para tomar crédito», y por Roy Cortina (PS) quien señaló: «estamos ante un problema sistémico en Argentina y Latinoamérica, es perverso atar el gasto de un Estado a la inflación o el incremento del empleo al de la población; es una propuesta de facilitar el endeudamiento para pagar cualquier gasto corriente» y aclaró que «la iniciativa es riesgosa porque la Ciudad está en un proceso de autonomía inconcluso».
Las posiciones por la negativa fueron explicitadas por Autodeterminación y Libertad mediante el diputado Fernando Vilardo, quien criticó «la política de ajuste en un marco de endeudamiento externo creciente» y en el mismo sentido lo hizo su par Patricio Del Corro (PTS-FI). «Estamos ante una ley de irresponsabilidad fiscal, de saqueo de recursos públicos bajo el monitoreo directo del FMI» sostuvo luego Gabriel Solano (FIT). Finalmente Carlos Tomada (UC) cuestionó que la Ciudad de Buenos Aires desde el año 2007 hasta la actualidad haya tenido un déficit en aumento cubierto con endeudamiento, fue del 1,8% en 2007 y será de 4,7% en 2018″. Acotó que «en el mismo período perdieron áreas de salud y educación públicas del 53% al 42% en 2017 y a pesar del crecimiento del 70% por la política nacional el endeudamiento por habitante pasó de 170 dólares a 1.206». «La adhesión implica un ajuste drástico sobre el recorte de impuestos a las empresas y la reducción del gasto menor que la inflación», explicó, «la inflación en 2018 en la Ciudad tiene un piso del 20%, no del 12% previsto en el presupuesto y el gasto caerá el 8,1%, más que a nivel nacional», concluyó.
Sobre un total de 57 legisladores presentes la ley quedó sancionada con 39 votos afirmativos del bloque Vamos Juntos, 15 negativos de UC, Bloque Peronista y de izquierda; y tres abstenciones (GEN, PSocialista).
El acuerdo avalado por la Legislatura fue un proyecto de la Jefatura de Gobierno de la CABA. Al consenso fiscal adhirieron 22 provincias, excepto La Pampa.
Obras del Conjunto Barraca Peña en La Boca
Un convenio entre la Autoridad de la Cuenca Matanza – Riachuelo (ACuMaR) y el Gobierno de la Ciudad, fue aprobado hoy por la Legislatura porteña en segunda lectura, con lo cual quedó sancionado como ley, después de haber pasado por Audiencia Pública.
Por este acuerdo, la Ciudad de Buenos Aires cede por 25 años el usufructo de un terreno donde se construirá el edificio sede de ACuMaR, en el que trabajarán diariamente más de medio millar de funcionarios y empleados de ese ente tripartido (Nación, Ciudad, Provincia de Buenos Aires). A su vez, el plan incluye el rescate y la puesta en valor de lo que fue el complejo Barraca Peña (en Av. Pedro de Mendoza entre el 2900 y el 3100) y la construcción de un segundo tramo de paseo ribereño, en una franja de mil metros de extensión por 25 metros de ancho, a la vera del Riachuelo
Las obras serán financiadas por ACuMaR y planificadas por el Gobierno de la CABA. El paseo costero (tramo II) se extenderá por la avenida Pedro de Mendoza, entre las calles Cerri y Hernandarias, conectando Vuelta de Rocha con la Barraca Peña. La sede del organismo se levantará en Pedro de Mendoza 3181/85/95, con cinco pisos de altitud y 4.400 metros cuadrados de construcción.
Se preservarán como área de protección histórica -APH- las construcciones de lo que eran una pulpería, una lanera y un galpón en ruinas sito en Pedro de Mendoza 2983 y 3003/17 donde se encuentra enterrado un galeón, embarcación del siglo XVII. ACuMaR se compromete por convenio a poner en valor esos sitios y construir una plaza de uso público; también se abrirá una nueva calle, entre Hernandarias e Irala.
Los inmuebles se encuentran en el barrio La Boca -Comuna 4, que actualmente es objeto de acciones de revalorización de su espacio público por parte del GCABA mediante programas que articulan la totalidad del Distrito de las Artes y lo conectan con las zonas adyacentes tales como el Paseo Costero Riachuelo Etapa I que se encuentra en ejecución.
El conjunto Barraca Peña debe su nombre al empresario gallego Francisco de La Peña y Fernández quien en el año 1774 estableció una barraca para comerciar frutos del país. La iniciativa del Jefe de Gobierno, Horacio Rodríguez Larreta, propuso la creación de una nueva APH que permitirá potenciar al lugar y zonas aledañas desde lo urbanístico, ambiental, económico, cultural y humanamente.
ACuMaR, ente autárquico que promueve el saneamiento de la cuenca Matanza – Riachuelo, asume como contraprestación la puesta en valor del conjunto, la instalación de un Centro de Interpretación en el edificio conocido como «La Lanera», la construcción de un edificio sobre el margen sur del predio y la ejecución del tramo II del Paseo Costero Riachuelo de acuerdo con los lineamientos del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte porteño.
Así, las oficinas estarán dentro de un predio histórico que se remonta a la segunda mitad del siglo XVIII. Las que están hoy en pie son del año 1860, y serán rescatadas, puestas en valor y protegidas. Se conocen como «La Lanera» y «La Pulpería» y restos de un viejo galpón. El conjunto arquitectónico y urbanístico incluye el puente ferroviario levadizo sobre el Riachuelo (de 1913) y la vieja estación ferroviaria Barraca Peña (de 1865).
Las obras demandarán un tiempo aproximado de dos años y se calcula una inversión total equivalente a 13,5 millones de dólares.
La presidenta de la Comisión de Planeamiento Urbano, Victoria Roldán Méndez (VJ), explicó en el recinto los trazos principales de las obras proyectadas y su importancia. La ley fue sancionada por 48 votos positivos y 9 abstenciones de los bloques de izquierda y Peronista.
Reglamentan locales para fiestas infantiles
La Legislatura sancionó hoy la ley que reglamenta el funcionamiento de los lugares destinados a la realización de fiestas infantiles o similares encuentros recreativos en jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con el fin de incluir la normativa referida a lo que pasó a denominarse «Centro de Entretenimiento Familiar».
Se incorporó esta categoría al Código de Planeamiento Urbano -Sección 1, así como al Cuadro de Usos; y se agregó al Registro de Actividades Catalogadas como potencialmente contaminantes por Ruido y/o vibraciones del Código de Habilitaciones y Verificaciones, un nuevo capítulo en la sección «Espectáculos y diversiones públicas».
Se trata, como define la norma que requirió doble lectura, del «establecimiento emplazado en espacio cubierto –pudiendo disponer de áreas al aire libre-, con juegos manuales de uso público individual colectivo (entendiendo por esto a aquellos instalados de manera permanente, que requieran para su utilización de despalazamientos, impulsos, manipulación, o distintas formas de destreza y movimientos del usuario) así como aquellos que dependan para su funcionamiento de dispositivos eléctricos, electromecánicos o electrónicos, destinados al esparcimiento y recreación de familias”.
«Este proyecto de ley busca darle ese marco normativo especial que se requiere para proteger a las familias que visitan estos lugares con el fin de garantizar su seguridad en los momentos de ocio también», explican los fundamentos de la iniciativa impulsada por los diputados Francisco Quintana y Agustín Forchieri (PRO), que tuvo despacho de las Comisiones parlamentarias de Desarrollo Económico, MerCoSur y Políticas de Empleo; y de Planeamiento Urbano.
En esos lugares se permitirán servicios de lunch y el despacho de bebidas e infusiones pero queda prohibida la tenencia o venta de alcohol. Se podrán hacer allí fiestas privadas infantiles, «garantizando la contención de la actividad y seguridad de los menores«. Y podrá haber juegos como tejo, metegol, ping-pong, pista de patinaje, bowling, sapo, dardos y otros similares.
Mediante la inclusión de la clasificación “Centro de Entretenimiento Familiar” en el Código de Planeamiento Urbano y en el Código de Habilitaciones, se exigirá la presencia de ciertas prestaciones como la disponibilidad de instalaciones sanitarias, contar con óptimas condiciones de iluminación, ofrecer un ambiente sano y seguro, cobertura en caso de accidentes, contar con servicios médicos de emergencia y botiquín de primeros auxilios, brindar seguridad mediante la presencia obligatoria y permanente de personal idóneo en el cuidado de los usuarios, entre otras. Además, establece restricciones de ubicación y normativa de acceso a menores dentro de los horarios establecidos.
En este sentido, los Centros no podrán instalarse a menos de doscientos metros de establecimientos educacionales primarios y secundarios, públicos o privados, salvo que estén localizados dentro de Galerías Comerciales, Paseo de Compras, Grandes Tiendas, Centro de Compras u otro establecimiento similar. Los espacios de entretenimiento deben tener acceso directo desde la vía pública o funcionar en el interior de los establecimientos mencionados.
En tanto, durante el período escolar queda prohibido de lunes a jueves el ingreso a menores de 16 años a partir de las 22 horas. En los restantes días, feriados y sus vísperas del periodo escolar y fuera del mismo, la restricción al acceso a menores de 16 años regirá a partir de las 24 horas. Dichas restricciones no serán de aplicación en el caso que los menores de 16 años ingresen acompañados de un mayor.
La ley se sancionó con 49 votos positivos, 6 negativos de UC y 2 abstenciones de AyL.